1. Suspéndese el plazo de 18 meses establecido en el procedimiento de reemplazo de los vehículos tipo taxi, regulado en el artículo 73 bis del decreto supremo N° 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, mientras se mantenga el estado de excepción constitucional de catástrofe, declarado mediante decreto supremo N° 104, de 2020, citado en el Visto, y su prórroga, si procediere.
    2. Atendido lo dispuesto en el artículo 52 de la ley N° 19.880, la presente resolución surtirá sus efectos a contar de la fecha de la declaración del señalado estado de excepción constitucional de catástrofe.