Artículo 25.- Para aquellos casos en que se haga necesaria la celebración de un convenio de pago por deudas pendientes con la Unidad, se entenderán como deudores a todos los usuarios morosos del servicio de agua potable y alcantarillado de El Melón. Los deudores morosos podrán suscribir convenios de pago, en los siguientes términos.
a) Se considerará su deuda nominal la que no generará intereses ni multas.
b) El número de cuotas mensuales será de libre elección por los usuarios, dependiendo de su capacidad de endeudamiento.
c) El monto de las cuotas de libre elección para los usuarios morosos ascenderá a un mínimo de cada una de $3.000 (tres mil pesos) mensual.
d) El usuario moroso, que no tenga la capacidad de pagar al monto mínimo, podrá optar mediante un informe social del municipio que lo justifique, a otras condiciones de pago.
e) El no pago de cualquiera de las cuotas, facultará a la UAP (Unidad de Agua Potable) para proceder al corte de suministro, transcurridos 60 días de emitida la boleta respectiva. Una vez regularizada la deuda, se aplicará la multa por corte y reposición. El no pago de cualquiera de las cuotas del convenio, no hará exigible el total de lo adeudado, tal como se establece en convenios vigentes.
f) Las multas por concepto de corte y reposición se aplicarán conjuntamente y serán cobradas al momento de la regularización de la deuda. El servicio se repondrá dentro de las 24 horas siguientes a la regularización.
g) La cuota será cobrada en la boleta de mes siguiente, debidamente individualizada y sucesivamente.
Se autoriza a los propietarios, comodatarios, arrendatarios, beneficiarios de derecho real de uso o habitación, y tenedores de inmuebles a cualquier título, para la presentación de solicitudes de convenio de pago por deudas pendientes con la Unidad Municipal de Agua Potable, y suscribir los respectivos convenios de pago con la Municipalidad de Nogales.