1. Suspéndese el plazo de 18 meses establecido en el procedimiento de reemplazo de los vehículos tipo taxi regulado en el artículo 73 bis del decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, mientras se mantenga el estado de excepción constitucional de catástrofe decretado o su prórroga.
2. Atendido lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley Nº 19.880, la presente resolución surtirá sus efectos a contar de la fecha de la declaración del estado de excepción constitucional de catástrofe.