DESIGNA DIRECTOR EJECUTIVO DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE CHINCHORRO, DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO VEINTIUNO DE LA LEY Nº 21.040
     
    Núm. 62.- Santiago, 23 de marzo de 2020.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 10 y 35, de la Constitución Política de la República; en los artículos 4, 14 y 16 del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en los artículos 16, 21 y 22 de la ley Nº 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en el DFL Nº 39, de 2018, del Ministerio de Educación, que Fija planta de personal del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro, que comprende las comunas de Arica, Camarones, Putre y General Lagos y otras materias que indica; en el decreto Nº 72, de 2018, del Ministerio de Educación, que Fija Denominación, Ámbito de Competencia Territorial, Domicilio y Calendario de Instalación con las fechas en que iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica; en el decreto Nº 96, de 2019, del Ministerio de Educación, que designa Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro, de la Región de Arica y Parinacota, de conformidad al artículo cuadragésimo transitorio de la ley Nº 21.040; en el decreto Nº 1.510, de 14 de octubre de 2019, del Ministerio de Hacienda, por el cual se fijan los porcentajes de asignación de Alta Dirección Pública para los Cargos de Directores/as Ejecutivos/as de los Servicios Locales de Educación Pública de Andalién Sur, Chinchorro y Gabriela Mistral, todos de primer nivel jerárquico; en la resolución exenta Nº 1.406, de 2019, del Servicio Civil, que Convoca a Proceso de Selección Público y Abierto, de Amplia Difusión, para Proveer el Cargo de Director/a Ejecutivo/a del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro (concurso Nº 5001); en la resolución exenta Nº 1.612, de 2019, del Servicio Civil, que Decide Ampliación de Convocatorias de los Procesos de Selección Públicos, Abiertos y de Amplia Difusión para Proveer los Cargos que se indican, entre los cuales se encuentra el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro; en las órdenes de trabajo Nº 442/2019 y Nº 443/2019, ambas relativas al Convenio Marco Servicio de Búsqueda y Evaluación de Altos Directivos Públicos ID 2239-12-LP15; en el certificado de 26 de septiembre de 2019, del Consejo de Alta Dirección Pública, el que acredita que el perfil de selección del cargo de Director/a Ejecutivo/a del Servicio Local de Educación de Chinchorro, aprobado a través del acuerdo Nº 6.470, adoptado en la sesión ordinaria Nº 1.331, de 12 de septiembre de 2019; en el certificado de fecha 26 de marzo de 2020, del Consejo de Alta Dirección Pública, el que acredita que concluido el proceso de selección destinado a proveer el cargo de Director/a del Servicio Local de Educación de Chinchorro, y habiéndose notificado de ello a los postulantes, se presentó 1 reclamación, siendo desestimada por falta de méritos; en el Oficio Reservado Nº 06, de 21 de enero 2020, del Consejo de Alta Dirección Pública, por el que se remite al Presidente del Comité Directivo Local del aludido Servicio la nómina de candidatos/as propuestos por ese Consejo para proveer el cargo de Director/a Ejecutivo del Servicio Local; en el Oficio S/Nº, de fecha 3 de febrero de 2020, del Presidente del Comité Directivo local en referencia, por el que se remite al Presidente de la República la nómina de candidatos; en el Of. Gab. Pres. Nº 386, de 20 de marzo de 2020, que informa la elección de Miguel Fernando Lecaros Sánchez como Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro, y en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    Que, la ley Nº 21.040, estableció la creación de setenta Servicios Locales de Educación, los que se encargarán de proveer el servicio público educacional.
    Que, en virtud de lo anterior y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 16 de dicha ley, los Servicios Locales de Educación Pública son órganos públicos, funcional, y territorialmente descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relacionan con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación Pública.
    Que, el artículo 21 de la ley Nº 21.040, prescribe que la dirección y administración de cada Servicio Local estará a cargo de un Director Ejecutivo, quien será el jefe superior del servicio; el que será nombrado por el Presidente de la República, mediante el proceso de selección de altos directivos públicos previsto en el Párrafo 3º del Título VI de la ley Nº 19.882 y las reglas especiales del artículo 21 de la ley Nº 21.040 referido.
    Que, por su parte, mediante el decreto Nº 96, de 2019, del Ministerio de Educación, se designó, a contar del 15 de marzo de 2019, a don Miguel Fernando Lecaros Sánchez como Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro, de conformidad al artículo cuadragésimo transitorio de la ley Nº 21.040, por un plazo máximo de un año y en tanto se efectúa el proceso de selección pertinente.
    Que, de esta manera, mediante el Oficio Nº 07/185, de fecha 14 de agosto de 2019, del Ministerio de Educación, se solicitó a la Dirección Nacional del Servicio Civil tener a bien dar por iniciados los concursos para seleccionar a los directores ejecutivos de los servicios locales de educación pública de Chinchorro, Andalién Sur y Gabriela Mistral.
    Que, mediante la resolución exenta Nº 1.406, de 2019, del Servicio Civil, se convocó a Proceso de Selección Público y Abierto, de Amplia Difusión, para Proveer el Cargo de Director/a Ejecutivo/a del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro (concurso Nº 5001).
    Que, posteriormente, a través de la resolución exenta Nº 1.612, de 18 de octubre de 2019, el Servicio Civil decidió ampliar las convocatorias de los procesos de selección públicos, abiertos y de amplia difusión para proveer los cargos que indican, entre los cuales se encuentra el de Director/a Ejecutivo/a del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro.
    Que, luego, con fecha 21 de enero de 2020, el Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública remitió mediante Oficio Reservado Nº 06 al Presidente del Comité Directivo Local del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro, la nómina de candidatos/as propuestos por ese Consejo para proveer el cargo de Director/a Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro.
    Que, luego, con fecha 3 de febrero de 2020, el Presidente del Comité Directivo Local del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro, remitió mediante Oficio Reservado S/Nº a S.E. el Presidente de la República, la nómina de candidatos/as propuestos por ese Comité para proveer el cargo de Director/a Ejecutivo del aludido Servicio.
    Que, de tal manera, habiéndose cumplido el procedimiento establecido en la letra c) del artículo 21 de la ley Nº 21.040, mediante Oficio Gab. Pres. Nº 386, de fecha 20 de marzo de 2020, se informó a la Dirección Nacional del Servicio Civil la elección de don Miguel Fernando Lecaros Sánchez para asumir el cargo de Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro.
    Que, en virtud de lo expuesto y de la normativa vigente al efecto, es preciso proceder a la dictación del presente acto administrativo que nombra a la persona señalada en el cargo de Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro.
     
    Decreto:

     
    I. Desígnase, a contar del 23 de marzo de esta anualidad y por el plazo de 6 años, a don Miguel Fernando Lecaros Sánchez, cédula nacional de identidad Nº 7.649.908-K, como Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro.
    II. Por razones impostergables de buen servicio, la persona que se nombra asumirá sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
    III. La remuneración de la persona nombrada será la que corresponda al grado 4 de la Escala Única de Sueldos, de conformidad al DFL Nº 39, de 2018, ya individualizado.
    IV. Fíjase en 25% el porcentaje de asignación de Alta Dirección Pública para la persona nombrada en el presente decreto.
    V. Impútese el gasto a la partida presupuestaria que al efecto corresponda.
     
    Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Raúl Figueroa Salas, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Jorge Poblete Aedo, Subsecretario de Educación.