1.- Modifícase la tabla contenida en el Resuelvo Nº1.- de la resolución exenta Nº 462, de 23 de febrero de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana de Santiago, agregándose al final de la misma, las siguientes filas:
     
   
     
    2.- La medida de gestión de tránsito establecida en la presente resolución, atendida su naturaleza y fundamentos, deberá ser implementada en el más breve plazo, sin perjuicio de que será evaluada y monitoreada, en todo momento, por el Directorio de Transporte Público Metropolitano (DTPM), a fin de determinar su eficacia y continuidad, conforme los fines propuestos.
    3.- En todo lo no modificado por el presente acto administrativo, se mantiene íntegramente vigente la resolución exenta Nº 462, de 23 de febrero de 2007, de esta Secretaría Regional.
    4.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.