Resolución 1143 EXENTA
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Resolución 1143 EXENTA
Resolución 1143 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.090 EXENTA (V. Y U.), DE 2020, QUE LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 52 (V. Y U.), DE 2013
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Promulgación: 28-JUL-2020
Publicación: 01-AGO-2020
Versión: Única - 01-AGO-2020
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.090 EXENTA (V. Y U.), DE 2020, QUE LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 52 (V. Y U.), DE 2013
Santiago, 28 de julio de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.143 exenta.
Vistos:
a) El DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, y sus modificaciones, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda;
b) La resolución exenta Nº 1.090 (V. y U.), de 2020, que llama a postulación en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013;
c) La ley Nº 21.230, Ministerio de Desarrollo Social y Familia, de 2020, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia, y
Considerando:
a) La necesidad de adecuar el llamado dispuesto por la resolución exenta citada en el Visto b), rectificando las condiciones que deben cumplir los postulantes a dicho llamado, el monto del subsidio mensual, ajustar el monto total de los recursos y los subsidios a que corresponden.
b) Los correos electrónicos de fechas 21 y 22 de julio y de 2020, que dan cuenta de la conformidad del Jefe de la División de Política Habitacional y de la Jefa de la División Jurídica, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente:
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.090 (V. y U.), de 10 de julio de 2020, en el siguiente sentido:
1.1. Sustitúyese en el resuelvo 1. la frase "siendo parte de la población de hasta el 90% más vulnerable del país según su Registro Social de Hogares", por "contando con Registro Social de Hogares".
1.2. Reemplázase el resuelvo 3.1. por el siguiente: "3.1. Contar con Registro Social de Hogares (RSH).".
1.3. Sustitúyese el resuelvo 3.3. por el siguiente: "3.3. Contar con Núcleo Familiar el que será verificado en el RSH. No se exigirá esta condición a los adultos mayores y a las personas con discapacidad, siempre que dicha condición esté contemplada en su RSH.".
1.4. Reemplázase el resuelvo 4.3. por el siguiente: "4.3. La renta de arrendamiento pactada no podrá exceder la suma de $600.000 (seiscientos mil pesos) mensuales.".
1.5. Sustitúyese el resuelvo 4.4. por el siguiente: "4.4. Contener la individualización del arrendatario y del arrendador (nombre y cédula de identidad).".
1.6. Reemplázase el resuelvo 5.3. por el siguiente: "5.3 Declaración jurada por el arrendador otorgada, mediante formato tipo aportado por el Minvu, en la que junto con manifestar que es dueño de la vivienda, que ésta cuenta con Recepción Municipal y que no se encuentra sujeta a embargo, se compromete a participar en el marco de este Llamado. El Serviu podrá solicitar antecedentes adicionales que permitan verificar la veracidad de las declaraciones. En caso de comprobarse por parte del Serviu, falsedad en la declaración jurada, el arrendador incurrirá en las penas del Artículo 210 del Código Penal.".
1.7. Elimínase el resuelvo 5.4.
1.8. Sustitúyese el resuelvo 6. por el siguiente: "6. Los postulantes al presente llamado serán eximidos de los siguientes requisitos y liberados de las condiciones que se indican, establecidos en el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013:
6.1. Del límite en el valor del subsidio establecido en el artículo 5º.
6.2. De contar con el ahorro mínimo dispuesto en el artículo 6º.
6.3. De lo dispuesto en la letra e., del artículo 16, salvo respecto a la necesidad de contar con Núcleo Familiar el que, sin embargo, no deberá estar conformado en la forma que indica.
6.4. De contar con ingresos familiares dispuesto en la letra f., del artículo 16.
6.5. De la prohibición de estar en el RSH de otro Núcleo Familiar postulante al presente llamado, dispuesta en la letra a. del artículo 21.
6.6. Del impedimento de ser propietario de una vivienda, establecido en la letra b. del artículo 21.
6.7. De la restricción de contar con beneficio habitacional anterior, conforme a lo dispuesto en la letra d. del artículo 21.
6.8. De la limitación de ser beneficiario del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, dispuesta en la letra e. del artículo 21.
6.9. Del impedimento de contar con certificado de subsidio habitacional vigente, condición establecida en la letra f. del artículo 21.
6.10. De la prohibición relativa a estar postulando a otro programa habitacional, establecida en la letra g. del Artículo 21.".
1.9. Sustitúyese el resuelvo 13. por el siguiente: "13. El monto mensual máximo del subsidio destinado a cada beneficiado será de hasta $250.000.- (doscientos cincuenta mil pesos) en su equivalente a Unidades de Fomento (UF) a la fecha del pago, por un monto total de hasta $750.000.- (setecientos cincuenta mil pesos), este valor se ajustará de manera que siempre exista un copago mínimo de un 30% de la renta de arrendamiento fijada en el contrato. Se otorgará por un período de tres meses.".
1.10. Reemplázase el resuelvo 14. por el siguiente: "14. El monto total de los recursos que se destinarán al financiamiento del subsidio en el presente llamado, conforme a las disposiciones del DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, será de hasta 392.165 UF, correspondientes a 18.750 subsidios, los que se distribuirán según la tabla que se presenta a continuación, pudiendo practicarse mediante resolución modificaciones, o incrementos de recursos, así como ser redistribuidos en las regiones incluidas en este llamado:

1.11. Insértase el siguiente resuelvo 15. pasando el actual 15. a ser 16.: "15. Establécese que no se considerarán los factores de puntajes dispuestos en las letras g., h. e i. del artículo 25 del DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, y se otorgará un puntaje adicional de 100 puntos a quienes no hayan sido beneficiados con el Ingreso Familiar de Emergencia, dispuesto en la ley Nº 21.230, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, de 2020.".
2. Establécese que la resolución exenta Nº 1.090 (V. y U.), de 2020, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.
DECLARACIÓN JURADA DEL DUEÑO DE LA VIVIENDA A ARRENDAR
LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES ARRENDATARIOS RESOLUCIÓN Nº 1.090, DE 2020, DEL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA
D.S. Nº 52 (V. Y U.), DE 2013
Yo, ......................................................................., (Nombre completo y Apellidos paterno y materno) Cédula Nacional de Identidad Nº ............................. , para los efectos de dar cumplimiento a los requisitos establecidos por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo en la Resolución Nº 1.090, de 2020, que dispone el Llamado a Postulación en Condiciones Especiales del Programa Subsidio de Arriendo de Vivienda, mediante el presente documento declaro lo siguiente:
1. Soy dueño de la vivienda ubicada en ........................................................................................, de la comuna de ............................., de la Región ...................., Rol de Avalúo número ..............-...........
2. La vivienda antes individualizada cuenta con Recepción Municipal y no se encuentra embargada.
3. Me comprometo a participar en el marco del presente llamado en condiciones especiales.
4. Los datos, antecedentes e información entregados, para estos efectos al SERVIU de la Región ........................................, son fidedignos.
5. En caso de comprobarse por parte del SERVIU, falsedad en la declaración jurada, el arrendador incurrirá en las penas del Artículo 210 del Código Penal
FIRMA Y/O HUELLA DIGITAL DEL DUEÑO DE LA VIVIENDA: _____________________
FECHA:______-______-__________
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