2. Artículo 2º.- Durante el año 2020, el devengo de las cuotas por concepto del servicio de aseo domiciliario que debe efectuarse en los meses de julio, septiembre y noviembre, según lo establece el artículo 2º de la Ordenanza Nº 17, de 14 de octubre de 2019, que Fija la Tarifa por el Servicio Domiciliario por Extracción de Basuras para los años 2020 - 2022, deberá pagarse en los meses de agosto, octubre y noviembre.