3. Artículo 3º.- Apruébanse los siguientes artículos transitorios:

 
   
    "Primero.- La Municipalidad, durante el año 2020 -sin perjuicio del procedimiento presencial señalado en el artículo 40 de la Ordenanza Municipal sobre Condiciones Generales para la Fijación de Tarifas de Aseo, Exenciones Totales y Parciales del Servicio Domiciliario por Extracción de Basuras, cuyo texto actualizado se encuentra contenido en la Ordenanza Nº2, de 23 de diciembre de 2013-, habilitará un sistema de postulación digital en su página web institucional para acceder a las exenciones o rebajas de la tarifa de aseo a que se refiere el Título VII de aquella ordenanza, permitiendo ingresar la solicitud y adjuntar los antecedentes respectivos a través de esta modalidad. Esta postulación regirá para hacer efectivo el beneficio a contar del año 2021.
     
    Segundo.- Los beneficiados con exención o rebaja total o parcial del derecho de aseo domiciliario para el año 2020, aludidos en el artículo 1º del Nº 1 precedentemente señalado, mantendrán automáticamente dicha condición a partir de la segunda cuota del año 2021 sin necesidad de nueva postulación, previa revisión de los antecedentes socioeconómicos y de elegibilidad por parte de la Dirección de Desarrollo Comunitario durante el mes de junio de 2020.".