ENCASILLA EN LA PLANTA DE LA SUBSECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN A FUNCIONARIO TRASPASADO DESDE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO
    Núm. 9.- Santiago, 30 de abril de 2020.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el artículo noveno transitorio y demás pertinentes de la ley Nº 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; el DFL Nº 5, de 2019, del Ministerio de Educación, que fija la planta de personal de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; y las resoluciones Nº 18, de 2017, y Nº 6, de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    1. Que la ley Nº 21.105 que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, en su artículo noveno transitorio facultó al Presidente de la República para que, dentro del plazo de un año contado desde la fecha de publicación de dicha ley, establezca mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos a través del Ministerio de Educación, las normas necesarias para disponer, entre otras materias, el traspaso de los funcionarios y funcionarias titulares de planta y a contrata, desde la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (Conicyt) y la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, a la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. Asimismo, dicho artículo dispone que en el respectivo decreto con fuerza de ley que fije las plantas de personal se determinará la forma en que se realizará el traspaso correspondiente y el número de funcionarios o funcionarias que podrán ser traspasados a la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
    2. Que, el artículo noveno transitorio dispone que la individualización del personal traspasado desde la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (Conicyt) y la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño a la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación debe realizarse a través de decretos expedidos bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", por intermedio del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
    3. Que, en virtud de lo anterior, se dictó el decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2019, del Ministerio de Educación, que fijó las plantas de personal de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, estableciendo los requisitos para el ingreso y promoción de los cargos que indica, y reguló otras materias a que se refiere el artículo noveno transitorio de la ley Nº 21.105.
    4. Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4º del referido decreto, se determinó el traspaso sin solución de continuidad, desde la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño a la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, a contar del 1 de enero de 2020, de hasta 4 funcionarios, cuyo estamento y calidad jurídica se indica en el referido artículo.
    5. Que, de conformidad a lo establecido en artículo 7º del referido DFL Nº 5, del Ministerio de Educación, el proceso de encasillamiento en la planta de personal de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, del personal titular de un cargo de planta, traspasado conforme a lo indicado en el considerando precedente, se encasillará en un cargo de la misma planta e igual grado al que poseía a la fecha del encasillamiento, y será individualizado mediante decreto expedido bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", por intermedio del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
    6. Que, esta cartera de Estado, procedió a dictar el acto administrativo correspondiente, con fecha 31 de diciembre de 2019, sin embargo, por un error involuntario, se duplicó la numeración del mismo, quedando como 1/B, de 2020.
    7. Que, en atención al error mencionado y a lo indicado por la Contraloría General de la República, mediante oficio Nº 5.096, de fecha 24 de febrero de 2020, se dejó sin efecto el decreto Nº 1/B, de 2020, procediendo en este acto a emitir el decreto correspondiente.
     
    Decreto:

    Artículo primero: Encasíllese, a contar del 1 de enero de 2020, a don Benjamín Maturana Almarza, cédula de identidad número 15.643.083-8 Jefe de División grado 4º EUS de la planta de directivos de exclusiva confianza de planta de personal de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación conforme a lo dispuesto en los artículos y del DFL Nº 5 de 2019 del Ministerio de Educación.


    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Andrés Couve Correa, Ministro de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Carolina Torrealba Ruiz-Tagle, Subsecretaria de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Departamento de Previsión Social y Personal
Área de Control de Personal de la Administración
Cursa con alcance decreto Nº 9, de 2020, del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación
    Nº 10.985.- Santiago, 28 de julio de 2020.
     
    Esta Contraloría General ha tomado razón del documento individualizado en la suma, mediante el cual se encasilla a don Benjamín Maturana Almarza, como Jefe de División en la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, a contar del 1 de enero de 2020, por cuanto se ajusta a derecho, no obstante, es el caso hacer presente que en esta oportunidad se omitió efectuar el traspaso sin solución de continuidad, desde la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño a esta Subsecretaría, acorde con lo previsto en el artículo 4, del decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2019, del Ministerio de Educación.
    Sin perjuicio de lo anterior, cabe precisar que se ha procedido al registro del traspaso de que se trata, acorde con lo establecido en el artículo 12, Nº 4, de la resolución Nº 6, de 2019, de este origen.
    Con el alcance que antecede, se ha dado curso al instrumento del epígrafe.
     
    Por orden del Contralor General.- Saluda atentamente a Ud., David Inda Costa, Jefe de Departamento (S), Departamento de Previsión Social y Personal, Contraloría General de la República.
     
Al señor
Ministro de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación
Presente.