1º.- Modifícase el artículo 1º del decreto supremo Nº 420, de 30 de marzo, del Ministerio de Hacienda, que establece medidas de índole tributaria, para apoyar a las familias, los trabajadores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, en las dificultades generadas por la propagación de la enfermedad Covid-19 en Chile, modificado por los decretos supremos Nº 553, de 9 de abril, Nº 842, de 29 de mayo, y Nº 1.043, de 26 de junio, todos de 2020, del mismo Ministerio, de la siguiente forma:
     
    1º.- Reemplázase en la medida contemplada en el numeral 6), la frase "31 de julio de 2020" por "30 de septiembre de 2020".
    2º.- Reemplázase en la medida contemplada en el numeral 8), la frase "devengadas en los meses de abril, mayo y junio de 2020" por "que se devenguen durante los meses de abril a diciembre de 2020".
    3º.- Reemplázase en la medida contemplada en el numeral 9), la frase "30 de septiembre de 2020" por "31 de diciembre de 2020".
    4º.- Reemplázase en la medida contemplada en el numeral 10), la frase "30 de septiembre de 2020" por "31 de diciembre de 2020".
    5º.- Incorpórase, a continuación del numeral 14), el siguiente numeral 15), nuevo:
     
    "15) Prorrógase los plazos para el pago de las cuotas del impuesto territorial con vencimiento el 30 de septiembre y el 30 de noviembre del año 2020, las cuales se podrán pagar en cuatro cuotas, iguales y reajustadas, en los plazos de pago de las cuotas correspondientes al impuesto territorial del año 2021, conforme al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto Territorial. Esta prórroga aplicará respecto de un bien raíz con destino habitacional de propiedad de contribuyentes del impuesto global complementario o único de segunda categoría, y cuyo valor de avalúo, determinado por el Servicio de Impuestos Internos, no exceda de 5.000 unidades de fomento a junio de 2020.".
     
    2º.- Señálase que, en todo lo no modificado, permanecen plenamente vigentes los decretos supremos Nº 420, de 30 de marzo, Nº 553, de 9 de abril, Nº 842, de 29 de mayo, y Nº 1.043, de 26 de junio, todos de 2020, del Ministerio de Hacienda, que establecen medidas de índole tributaria, para apoyar a las familias, los trabajadores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, en las dificultades generadas por la propagación de la enfermedad Covid-19 en Chile.