Artículo 9.- Sin Ley 21301
Art. ÚNICO N° 6
D.O. 05.01.2021perjuicio del plazo establecido en el artículo 2, los beneficiarios señalados en los artículos 3 y 4 tendrán un plazo de 90 días adicionales para el solo Ley 21423
Art. 12
D.O. 11.02.2022efecto de acogerse a lo dispuesto en el artículo 2.
Art. ÚNICO N° 6
D.O. 05.01.2021perjuicio del plazo establecido en el artículo 2, los beneficiarios señalados en los artículos 3 y 4 tendrán un plazo de 90 días adicionales para el solo Ley 21423
Art. 12
D.O. 11.02.2022efecto de acogerse a lo dispuesto en el artículo 2.
Quince días antes del vencimiento del plazo establecido en el inciso primero del artículo 1, las empresas deberán remitir a los clientes finales la información correspondiente al monto de su deuda y a los beneficios a los que se pueden acoger de conformidad a esta ley.