MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 439 EXENTA, DE FECHA 3 DE JUNIO DE 2020, EN EL SENTIDO QUE INDICA

    Núm. 581 exenta.- Rancagua, 30 de julio de 2020.
     
    Visto:
     
    1. El decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, en especial lo dispuesto en su artículo 24.
    2. Decreto supremo Nº 34, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 18 de abril de 2018, que nombra al Sr. Seremi a contar del 22 de marzo del 2018, cuyo trámite de torna de razón, data de fecha 24 de octubre de 2018.
    3. Las facultades que me confiere el decreto supremo Nº 397, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, del año 1976, publicado en el Diario Oficial el 8 de febrero de 1977, que establece el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, incluidas todas sus modificaciones.
    4. Ley 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
    5. Lo dispuesto en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
    6. La Res. Ex. Nº 439, de fecha 3 de junio de 2020, de esta Seremi Minvu, y sus modificaciones, que llama a postulación en condiciones especiales 2020 para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo III, para la atención de proyectos de condominios de viviendas de la Región de O'Higgins.
     
    Considerando:
     
    a) Que, en Res. Ex. Nº 439, Individualizada en el visto Nº 6), hace llamado en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo III, para la atención de proyectos de condominios de vivienda de la Región de O'Higgins.
    b) Que, debido a la emergencia sanitaria existente en nuestro país, se hace necesario modificar los plazos de los procesos descritos en la resolución citada en el visto Nº 7), con el fin de que los postulantes puedan completar el ahorro requerido.
    c) Que, de la interpretación armónica de los vistos y considerandos precedentes, dicto la siguiente:
     
    Resolución:

     
    1.- Modifíquense, los plazos correspondientes a los procesos y fases de postulación y selección descritos en el resuelvo Nº 2 de la Res. Ex. Nº 439, de fecha de junio de 2020, por los siguientes:     
     
    .
     
    2.- En todo lo no modificado por el presente acto administrativo, la Res. Ex. Nº 439, del año 2020, de la Seremi Minvu de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, y sus modificaciones, mantiene su total vigencia.
    3.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial.
     

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Francisco Javier Ravanal González, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.