COMPLEMENTA RESOLUCIÓN Nº 2.347 EXENTA, DE FECHA 24.09.2019, DE ESTA SECRETARÍA MINISTERIAL, QUE LLAMA A POSTULACIÓN REGIONAL PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL TÍTULO II DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR DEL DS Nº 255 (V. Y U.), DE 2006, PARA VIVIENDAS, DEL SECTOR DE BAJOS DE MENA, COMUNA DE PUENTE ALTO, REGIÓN METROPOLITANA, Y APRUEBA NÓMINA COMPLEMENTARIA DE POSTULANTES BENEFICIADOS DE DICHO LLAMADO

    Santiago, 17 de agosto de 2020.- Hoy se resolvió lo siguiente:
    Núm. 1.037 exenta.
     
    Visto:
     
    1. El DS Nº 255 (V. y U.). de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
    2. La resolución Nº 533 (V. y U.) de 1997, actualizada al 29 de diciembre de 2009, que fija el Procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica a los Programas de Vivienda que indica, y se deroga la resolución Nº 241 (V. y U.), de 1996.
    3. La resolución exenta Nº 8.310, de 16 de octubre de 2012, de esta Secretaría Ministerial, que establece como zona prioritaria y selecciona los Conjuntos Habitacionales de la comuna de Puente Alto que se señalan, para el desarrollo del Programa de Recuperación de Condominios Sociales, Segunda Oportunidad.
    4. La resolución exenta Nº 2.347, de 24 de septiembre 2019, de esta Seremi Metropolitana de V. y U., que llamó a Postulación Regional 2019 para mejoramiento de vivienda del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, para vivienda unifamiliar en Bajos de Mena, comuna de Puente Alto, en conformidad a las condiciones autorizadas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    5. La resolución exenta Nº 570, de 23 de marzo de 2020, de esta Seremi Metropolitana de V. y U., que asigna recursos y aprueba nómina de postulantes para el Llamado Especial Regional del Programa de Protección del Patrimonio Familiar 2019, para vivienda unifamiliar en Bajos de Mena, Puente Alto.
    6. La resolución exenta Nº 41 (V. y U.), de 9 de enero de 2020, y su modificación, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006.
    7. La circular Nº 3 (V. y U.), de 28 de enero de 2020, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que informa el Programa Habitacional correspondiente al año 2020.
    8. El oficio Nº1598, de 11 de mayo de 2020, de esta Secretaría Ministerial al Sr. Ministro de Vivienda y Urbanismo, por el que se solicita autorización para realizar una selección complementaria del llamado Especial Regional año 2019, del Título II, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en el sector de Bajos de Mena para vivienda unifamiliar, de la comuna de Puente Alto.
    9. El oficio Nº 315, de 9 de julio de 2020, del Ministro de Vivienda y Urbanismo a esta Secretaría Ministerial por el que autoriza a efectuar una selección complementaria del Llamado a postulación regional, en condiciones especiales, del Programa de Protección del Patrimonio para proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, focalizado en viviendas unifamiliares del sector de Bajos de Mena, de la comuna de Puente Alto del año 2019.
    10. La resolución exenta Nº 589 (V. y U.), de 2 de abril de 2020, que otorga prórrogas y nuevos plazos a los certificados de subsidios e inicios de obra de los proyectos que se encuentren vigentes o estén vencidos durante el periodo de la declaración de estado de catástrofe y hasta 60 días después del término de éste, declarado por DS Nº104 de fecha 18 de marzo de 2020 y prorrogado por DS Nº 269, de fecha 16 de junio de 2020, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
    11. La resolución exenta Nº 671, de 19 de abril de 2020, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que adopta medidas excepcionales en el estado de Excepción Constitucional de catástrofe, por calamidad en el territorio de Chile.
    12. El oficio Nº 3.610 de 17 de marzo de 2020, de la Contraloría General de la República.
    13. La resolución exenta Nº 581 de 26 de marzo de 2020 Seremi Minvu, que Establece Tramitación Electrónica para este Servicio.
    14. El DS Nº 397 (V. y U.) de 1976, que fija el Reglamento de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
    15. El decreto Nº 41 (V. y U.), de 18 de diciembre de 2019, que nombra al infrascrito como Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, y
    16. La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija nuevas normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
     
    Considerando:
     
    1. Que, el artículo 27 del DS Nº 255 (V. y U ) de 2006, delega en las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo la facultad de convocar llamados a concurso para el citado Programa Habitacional y seleccionar mediante resolución, en atención al financiamiento disponible y a los factores de puntajes establecidos para tal efecto, en este caso, señalados en el resuelvo 8, de la resolución exenta Nº 2.347 de esta Secretaría Ministerial, a aquellos proyectos que postularon al llamado regional año 2019 y resultaron calificados por Serviu Metropolitano;
    2. Que, en el proceso de postulación del Llamado Regional en condiciones especiales, para proyectos de Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, del sector "Bajos de Mena" del año 2019, la demanda de proyectos fue mayor a la cantidad de recursos disponibles para dicho año, por lo que existen proyectos que resultaron hábiles, pero que no pudieron formar parte de la selección referida por falta de financiamiento;
    3. Que, considerando el oficio Ord. Nº 315, de fecha 9 de julio de 2020, del Ministro de Vivienda y Urbanismo, se autorizó a esta Secretaría Ministerial a efectuar una complementar la selección del Llamado a postulación regional, en condiciones especiales, del Programa de Protección del Patrimonio para proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, focalizado en viviendas unifamiliares del sector de Bajos de Mena, de la comuna de Puente Alto del año 2019;
    4. Que, en atención a que la Región cuenta con recursos suficientes para el presente ejercicio presupuestario que permitiría la atención de la totalidad de viviendas unifamiliares cuyo proyecto fue calificado como hábil, con motivo de la reactivación económica actual, a que los proyectos están disponibles para ser ejecutados próximamente, a la evaluación favorable que se ha realizado entre Serviu Metropolitano y esta Seremi, dicto la siguiente:
     
    Resolución:

     
    1. Asígnese nuevos recursos por un total de 55.398,00 UF, destinados a complementar el proceso de selección del Llamado Regional en condiciones especiales año 2019 por Res. Ex. Nº 2.347 de fecha 24.09.2019, para el desarrollo de proyectos de Mejoramiento de la Vivienda, Título II, con la finalidad de beneficiar a las familias postulantes calificadas como "hábiles" del sector de Bajos de Mena, de acuerdo al siguiente cuadro:
     
    SELECCIÓN COMPLEMENTARIA
    LLAMADO REGIONAL 2019 PPPF Título II
    Bajos de Mena - Comuna de Puente Alto
     
   
     
    2. Impútese el monto total de 55.398,00 Unidades de Fomento, asignado en el resuelvo 1 de esta resolución exenta, a los recursos autorizados a la Región Metropolitana para el Programa de Protección del Patrimonio Familiar del año 2020, del cual 52.780,00 Unidades de Fomento corresponden al subsidio directo y 2.618,00 Unidades de Fomento corresponden al subsidio de Asistencia Técnica.
    3. Asígnese recursos disponibles del programa habitacional del año 2020, correspondiente al resuelvo 1 de la presente resolución, para la selección complementaria de proyectos del llamado regional en condiciones especiales 2019 de la resolución exenta Nº 2.347 de fecha 24.09.2020, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, para viviendas del sector de Bajos de Mena, de la comuna de Puente Alto, para el financiamiento de subsidios y Asistencia Técnica, de Proyectos del Título II, según la distribución que se señala en el siguiente cuadro:
     
   
     
    4. Fíjese el número de postulantes seleccionados de manera complementaria por proyecto indicado del sector de Bajos de Mena de la comuna de Puente Alto, de acuerdo a lo señalado en la tabla a continuación, en base a las condiciones especiales establecidas en el presente llamado.
     
   
     
    5. Apruébanse las nóminas complementarias de postulantes seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al Llamado Regional en condiciones especiales año 2019, para viviendas del sector de Bajos de Mena de la comuna de Puente Alto, las cuales se adjuntan y se entenderá que forman parte integrante de la presente resolución exenta.
    6. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, y en un periódico de circulación regional, un aviso que indique lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas complementarias de postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, adjuntos a la presente resolución exenta, las que deberán contener a lo menos la comuna, el Título del cual se trate, identificación del proyecto, nombre, cédula nacional de identidad y puntaje obtenido de la persona postulante seleccionada o grupo.

    Anótese, publíquese en Diario Oficial y archívese.- Manuel José Errázuriz Tagle, Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo.