ESTABLECE AREA DE RACIONALIZACION DEL USO DEL AGUA EN SECTOR QUE INDICA DE LAS COMUNAS DE SANTIAGO, QUINTA NORMAL Y LAS BARRANCAS, SERVIDO POR LOS CANALES YUNGAY-ZAPATA

    Santiago, 25 de Mayo de 1971.- S. E. decretó hoy lo que sigue:
    Núm. 410.- Vistos el oficio N° 381, de 17 de Mayo de 1971, de la Dirección General de Aguas, el Art. 35 del Código de Aguas, y

    Considerando:

    Que los ramales del canal Yungay-Zapata, que sirven al riego de la zona comprendida entre el río Mapocho por el Norte, la Avenida "Bernardo O'Higgins y el camino al Aeropuerto Pudahuel, por el Sur, y el Poniente, y la calle Libertad, por el Oriente, están en su mayor parte trazados dentro del radio urbano de las comunas de Santiago, Quinta Normal y Barrancas, atraviesan a tajo abierto sectores densamente poblados y sirven de recolectores de basuras;
    Que las aguas que conducen, altamente contaminadas e insalubres, se desbordan continuamente provocando la inundación de calles y poblaciones, con cierto peligro para sus habitantes y evidente perjuicio para el tránsito público.
    Que el área regada por dichos canales se ha redacido a pequeñas huertas, con motivo de la instalación de poblaciones y campamentos en los terrenos que antes se explotaban agrícolamente, y
    Que dadas las razones expuestas, es procedente decretar como área de racionalización la zona antes delimitada servida por los ramales del canal Yungay-Zapata,

    Decreto:

    1°- Establécese como área de racionalización del uso del agua de las comunas de Santiago, Quinta Normal y Las Barrancas, comprendidas entre el río Mapocho por el Norte, la Avenida Bernardo O'Higgins y el camino al Aeropuerto de Pudahuel, por el Sur y el Poniente, y la calle Libertad por el Oriente.
    2°- Decláranse extinguidos todos los derechos de aprovechamiento existentes en dicha área, a contar desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
    3°- La Dirección General de Aguas se abstendrá de conceder nuevos derechos de aprovechamiento sobre las aguas conducidas por los canales Yungay-Zapata, dentro del sector urbano del área de racionalización fijada en el N° 1 de este decreto.

    Anótese, tómese razón y publíquese en el Diario Oficial.-S. ALLENDE G.- Pascual Barraza Barraza.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Dios gue. a Ud.- Roberto Cuéllar Bermal, Subsecretario de Obras Públicas.