1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.090 (V. y U.), de 10 de julio de 2020, en el siguiente sentido:
     
    1.1. Reemplázase en el resuelvo 2. la frase "24 de agosto de 2020" por "24 de septiembre de 2020".
    1.2. Insértase en el resuelvo 3. en el numeral 3.2. el siguiente acápite 3.2.5:
     
    "3.2.5 Tratándose de postulantes adultos mayores jubilados, éstos no requerirán acreditar cesantía o disminución de al menos 30% en los montos de ingresos, debiendo presentar comprobante de pago de pensión de vejez.".
     
    2. Déjase establecido que la resolución exenta Nº 1.090 (V. y U.), de 2020, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por el presente acto administrativo.