Artículo segundo: Téngase presente que la Comisión Nacional de Energía en su oficio CNE Of. reservado Nº 1/2020, de fecha 3 de agosto de 2020, informó que el Proyecto Kimal - Lo Aguirre resulta recomendable bajo las hipótesis y metodologías contenidas en el Plan de Expansión Anual de la Transmisión 2019, cumpliéndose así con la segunda condición establecida en el literal e. del numeral 1 del artículo segundo del decreto Nº 231.