1° Compleméntase la res. exta. N° 361, de fecha 31.05.2020, de la Seremi de Salud Aysén, que dispone medidas de resguardo en contexto Covid-19, para la población de Aysén, agregándose la siguiente medida sanitaria:
     
    "Exíjase a todas las personas que arriben a la Región de Aysén, que deben portar el resultado del examen de PCR para Covid-19 (negativo), resultado que no podrá exceder de 72 horas, contado desde la toma de muestra para PCR, es decir desde el momento en que se hace el hisopado para PCR.
    Se exceptúan de la obligación anterior, aquellas personas que por razones de fuerza mayor debidamente acreditada, debieron viajar con destino a la Región de Aysén, sin tiempo suficiente para realizar el examen de PCR, a modo de ejemplo, por fallecimiento de familiar, emergencia médica u otra razón que fundadamente impida a la persona, disponer de tiempo suficiente para tomar el examen indicado, antes del viaje".
     
    2° En todo lo no modificado por la presente resolución exenta, manténgase plenamente vigente la resolución exenta N° 361 de fecha 31.05.2020, y sus modificaciones, de la Seremi de Salud Aysén, que dispuso medidas de resguardo en contexto Covid-19, para la población de Aysén.