ASIGNA UNA NUEVA FECHA AL DÍA NACIONAL DE LAS FRUTAS Y VERDURAS, INSTITUIDO MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO Nº 10, DE 2017, DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA
    Núm. 11.- Santiago, 2 de julio de 2020.
     
    Vistos:
     
    El artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley Nº 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que establece Funciones y Estructura del Ministerio de Agricultura; el decreto supremo Nº 10, de 2017, del Ministerio de Agricultura, que instituye el día nacional de las frutas y verduras; y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
     
    Considerando:
     
    1.- Que mediante el decreto supremo Nº 10, de 2017, del Ministerio de Agricultura, y en base a los fundamentos que en ese acto se desarrollan, se instituyó el día 18 de octubre de cada año como el "Día Nacional de las Frutas y Verduras".
    2.- Que, el próximo año 2021, y como consecuencia de una iniciativa impulsada por el Gobierno de Chile, ha sido declarado por la Asamblea de las Naciones Unidas como el Año Internacional de las Frutas y Verduras.
    3.- Que, como es posible advertir, la temática asociada al consumo de Frutas y Verduras reviste interés tanto para el Estado de Chile como para la comunidad internacional, siendo por tanto pertinente asignarle la debida relevancia a la fecha que se establezca en relación con tal materia. En tal sentido, la oportunidad actualmente vigente, esto es, el 18 de octubre de cada año, coincide con las actividades propias del Día Mundial de la Alimentación. Además, especialmente este año 2020, las actividades asociadas a esta última materia cobran un especial realce, ello en atención a que la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura ("FAO" en su sigla en inglés) cumple 75 años desde su creación.
    4.- Que, así las cosas, los asuntos relacionados con el Día Nacional de las Frutas y Verduras, al coincidir con los eventos propios del Día Mundial de la Alimentación, no cuentan con el realce y visibilidad que necesitan, ello especialmente considerando el interés del Gobierno de Chile en promover una alimentación saludable, siendo fundamento esencial de esta última el consumo de frutas y verduras.
    5.- Que, por estas razones, se ha estimado pertinente fijar una nueva fecha para el Día Nacional de las Frutas y Verduras.
     
    Decreto:
    Modifícase, a contar de la total tramitación del presente acto administrativo, el decreto supremo Nº 10, de 2017, del Ministerio de Agricultura, que instituye el día nacional de las frutas y verduras, en el sentido modificar la expresión "18 de octubre", por la frase "8 de octubre".
     

    Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Antonio Walker Prieto, Ministro de Agricultura.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., José Ignacio Pinochet, Subsecretario de Agricultura.