ADJUDICA PROYECTOS NACIONALES SELECCIONADOS DEL CONCURSO PÚBLICO "FONDO DE FORTALECIMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES DE INTERÉS PÚBLICO", AÑO 2020

    Núm. 272/1.023 exenta.- Santiago, 26 de agosto de 2020.
     
    Vistos:
     
    La Ley Nº 19.032, que Reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno; el DFL Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 21.192, de Presupuestos del Sector Público para el año 2020; la Ley Nº 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; el decreto Nº 1, de 2012, del Ministerio Secretaría General de Gobierno que aprueba Reglamento que regula el Catastro de Organizaciones de Interés Público, el Consejo Nacional que lo administra y los Consejos Regionales, y el funcionamiento del Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público; la resolución exenta Nº 272/131 de 27 de enero de 2020, de esta Secretaría de Estado, que Aprueba las bases administrativas el concurso público del "Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público", año 2020; la resolución exenta Nº 272/539, de 25 de marzo de 2020, la resolución exenta Nº 272/546, de 27 de marzo de 2020, la resolución exenta Nº 272/682, de 5 de mayo de 2020 y la resolución exenta Nº 272/881 de 10 de julio de 2020, todas ellas de esta Secretaría de Estado que aprueban modificaciones de bases administrativas sobre extensión de plazo para postular u otro motivo; la resolución exenta Nº 272/249 de fecha 1 de marzo de 2019 y la resolución exenta Nº272/821 de fecha 3 de mayo de 2019, ambas de esta Secretaría de Estado que proclama los miembros electos titulares y suplentes del Consejo Regional del Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público; la resolución exenta Nº 272/1.449, de 7 de octubre de 2016, que delega en los Secretarios Regionales Ministeriales de Gobierno la facultad de dictar las resoluciones exentas de adjudicación y aprobación de convenios, modificada por la resolución exenta Nº 272/1.275 de 1 de agosto de 2017, ambas del Ministerio Secretaría General de Gobierno; y las resoluciones Nºs. 6, 7 y 8, de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    1.- Que, mediante la resolución exenta Nº 272/131, de fecha 27 de enero de 2020, de este Ministerio, se aprobaron las bases administrativas del concurso público del "Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público", año 2020, que financia proyectos de carácter local, regional y nacional.
    2.- Que, mediante resolución exenta Nº 2727/539, de 25 de marzo de 2020, la resolución exenta Nº 272/546, de 27 de marzo de 2020, la resolución exenta Nº 272/682, de 5 de mayo de 2020 y la resolución exenta Nº 272/881 de 10 de julio de 2020, que modificaron las aludidas bases administrativas.
    3.- Que, mediante el decreto Nº 1, de 2012, de este Ministerio, se creó el Consejo Nacional del Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público.
    4.- Que, dicho Consejo Nacional está integrado por once miembros, seis de ellos representantes de las organizaciones de interés público, dos representantes del Presidente de la República, designados con acuerdo del Congreso, el Subsecretario del Ministerio Secretaría General de Gobierno, el Subsecretario de Evaluación Social y el Subsecretario del Ministerio de Hacienda.
    5.- Que, la resolución exenta Nº 272/249 de fecha 1 de marzo de 2019 y la resolución exenta Nº 272/821 de fecha 3 de mayo de 2019 de este Ministerio, proclama los miembros titulares y suplentes del Consejo Regional del Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público.
    6.- Que, el Consejo de la Nacional del FFOIP sesionó y priorizó con fecha 24 de agosto del año en curso.
    7.- Que, en el punto número 12.7 de las Bases del concurso público del "Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público, año 2020", se establece que, "La priorización y adjudicación de los proyectos nacionales estará a cargo del Consejo Nacional del Fondo; y la de los proyectos locales y regionales estará a cargo de los respectivos Consejos Regionales".
    8.- Que, en este sentido, el Ministerio es el encargado de elaborar la resolución de adjudicación y, posteriormente, de publicar el listado de estos proyectos con las sumas asignadas a ellos, notificando a los adjudicatarios de la resolución a través del sitio web www.fondodefortalecimiento.gob.cl. Sin perjuicio de aquello, esta Secretaría de Estado podrá informar las mencionadas adjudicaciones vía telefónica y/o al correo electrónico del coordinador del proyecto.
     
    Resuelvo:

     
    1. Adjudícanse los proyectos locales y regionales que se individualizan, con el detalle de las organizaciones y los recursos que a continuación se señalan, correspondientes al "Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público, año 2020":
     
   
     
     
    2. Impútase el gasto de los proyectos de Fortalecimiento al Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 318, "Fondo de Fortalecimiento de Organizaciones y Asociaciones de Interés Público (Ley Nº 20.500)", del presupuesto vigente, para el año 2020, de este Ministerio.
    3. Publíquese el listado de los proyectos adjudicados con las sumas a ellos asignadas, en la página web www.fondodefortalecimiento.gob.cl.
    4. Notifíquese a las organizaciones adjudicadas para que concurran a la suscripción del respectivo convenio de ejecución del proyecto.
     
    Anótese, notifíquese y comuníquese.- Emardo Hantelmann Godoy, Subsecretario General de Gobierno.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Emardo Hantelmann Godoy, Subsecretario General de Gobierno.