ARTICULO 32° Todas las acciones liberadas que se reciban por las inversiones del fondo de incorporarán a los libros sin valor, y por tanto sin obligación de reparto.
Sin embargo, estas acciones serán sumadas al número de acciones originarias tanto para la valorizaciónDTO 304, HACIENDA
Art. único Nº 24
D.O. 11.08.2003 diaria del fondo como para determinar el valor promedio del costo, en caso de venta de cualquiera de estas acciones.
Art. único Nº 24
D.O. 11.08.2003 diaria del fondo como para determinar el valor promedio del costo, en caso de venta de cualquiera de estas acciones.