APRUEBA PROTOCOLO SANITARIO PLEBISCITO NACIONAL 2020
     
    Santiago, 9 de septiembre de 2020.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el artículo 130 de la Constitución Política de la República; la Ley Nº 18.556, Orgánica Constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral; la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre votaciones populares y escrutinios; la ley Nº 21.257, Reforma Constitucional que faculta al Servicio Electoral a dictar las normas e instrucciones necesarias para el desarrollo del Plebiscito Nacional dispuesto en el artículo 130 de la Constitución y otros procesos electorales en los términos que se indican; el Acuerdo del Consejo Directivo, publicado en el Diario Oficial el 4 de septiembre de 2020, que establece normas e instrucciones para la realización del Plebiscito Nacional del 25 de octubre de 2020; el Ordinario B3/N 3828, de 9 de septiembre de 2020, del Ministro de Salud, que comunica la aprobación del Protocolo Sanitario para el Plebiscito Nacional 2020 por parte de ese Ministerio.
     
    Considerando:
     
    1. Que, la Ley Nº 21.221 que modificó el Título XV de la Constitución Política de la República, en consideración a la crisis del Covid-19, que tuvo por objeto reprogramar el itinerario electoral en curso, para fijar un nuevo calendario para la realización de los futuros eventos electorales, en un marco que garantice la salud de quienes participen en los respectivos procesos electorales, y que estableció la realización del Plebiscito para el 25 de octubre de 2020.
    2. Que, con fecha 27 de agosto de 2020, se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.257, Reforma Constitucional que faculta al Servicio Electoral a dictar las normas e instrucciones necesarias para el desarrollo del plebiscito nacional dispuesto en el artículo 130 de la Constitución Política y otros procesos electorales en los términos que indica.
    3. Que la citada norma, incorpora a la Constitución Política la disposición cuadragésima primera transitoria, que dispone: "El Consejo Directivo del Servicio Electoral deberá dictar, con a lo menos cuarenta y cinco días de anticipación al plebiscito nacional dispuesto en el artículo 130 de la Constitución Política de la República, y mediante acuerdo adoptado por los 4/5 de sus miembros en ejercicio, las normas e instrucciones necesarias para el desarrollo del referido plebiscito nacional, pudiendo fijar reglas especiales y diferentes a las establecidas en el decreto con fuerza de ley Nº 2, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2017, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios,  sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso cuarto del referido artículo 130, en las materias que se indican".
    4. Que, entre las materias indicadas, se contempla la  dictación de un protocolo de carácter general y obligatorio, en acuerdo con el Ministerio de Salud, que contenga las normas y procedimientos sanitarios que deban cumplirse, en particular las referidas en los literales d), e), g) y j) que contempla dicha disposición, en las actuaciones que realicen las juntas electorales, delegados de las mismas en los locales de votación y sus asesores, vocales de mesas receptoras de sufragios e integrantes de los colegios escrutadores.
    5. Que, este protocolo será obligatorio, además, para electores, apoderados, miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren a cargo del resguardo del orden público al interior y exterior de los locales de votación, así como para todo funcionario público, con independencia del órgano del cual dependa, que desempeñe funciones o cumpla obligaciones de carácter electoral.
    6. Que, el Consejo Directivo del Servicio Electoral, conforme a las facultades otorgadas por la ley, Acuerda conforme a los quorum requeridos:
    1. Aprobar el Protocolo Sanitario del Plebiscito Nacional 2020 que se adjunta al presente acuerdo como anexo y se entiende formar parte integrante del mismo.
    2. Publíquese el presente acuerdo y protocolo en el Diario Oficial y en la página web del Servicio Electoral.
 
    Patricio Santamaría Mutis, Presidente.- Alfredo Joignant Rondón, Consejero.- José Miguel Bulnes Concha, Consejero.- Andrés Tagle Domínguez,  Consejero.- Juanita Gana Quiroz, Consejera.- Álvaro Castañón Cuevas, Secretario Abogado Consejo Directivo.

   
     
    Índice
     
    Introducción.
    Protocolo Sanitario para un Plebiscito Nacional 2020 Más Seguro.
    I. Producción de Material Electoral
    II. Kit sanitario
    III. Actos de campaña
    IV. Capacitación
    V. Personal con rol electoral
    VI. Comunicación al electorado
    VII. Locales de votación
    VIII. Mesa Receptora de Sufragios
    IX. Alimentación y tiempos de descanso
    X. Voto accesible, de grupos de riesgo o adultos mayores
    XI. Escrutinio y transmisión de datos
    XII. Divulgación de resultados
    XIII. Transporte de los electores
    XIV. Voto en el exterior
    XV. Apoderados opciones plebiscitadas
    XVI. ANEXOS
     
    Introducción.
     
    El Artículo 130 de la Constitución Política de la República de Chile establece que, "Tres días después de la entrada en vigencia de este artículo, el Presidente de la República convocará mediante un decreto supremo exento a un plebiscito nacional para el día 26 de abril de 2020". Por tanto, en cumplimiento de sus obligaciones constitucionales, el Servicio Electoral de Chile comenzó sus labores para celebrar el acto plebiscitario mandatado a raíz del pacto por la paz social y una nueva Constitución acordado en noviembre de 2019.
    Sin embargo, el 11 de marzo de 2020, el Director General de la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró al virus SARS-CoV-2, el coronavirus que causa la enfermedad Covid-19, como una pandemia, la que ha impactado en la vida de las personas, la economía y en las instituciones del Estado Chileno. La estrategia mundial de respuesta a la Covid-19, elaborada por la OMS, establece como objetivo primordial que todos los países controlen la pandemia mediante la ralentización de la transmisión y la reducción de la mortalidad(¹).
    Visto lo anterior, y dado que el sistema electoral chileno es fuertemente regulado en diversas normas y requiere la presencia del electorado en los lugares de votación asignados, es que se cambió la fecha del Plebiscito Nacional 2020, del 26 de abril de 2020 al 25 de octubre del mismo año, conllevando aquello un importante reto con un cronograma electoral 2020-2022 desafiante y ajustado, pero siempre justificado en aras de cuidar la salud de las personas.
    Para la elaboración del presente protocolo se debe reconocer que no existe un riesgo cero al realizar elecciones en tiempos de pandemia, debiendo las autoridades electorales, y en general del Estado, en estrecha colaboración, tomar las medidas más prudenciales para evitar oportunidades de amplificación de la propagación de la Covid-19 en el país. El presente protocolo representa un esfuerzo intersectorial, y compromiso del Servicio Electoral de Chile, del Ministerio de Salud de Chile, de la Organización Panamericana de la Salud, y otras instituciones colaboradoras, por generar un adecuado balance -basado en los criterios de razonabilidad- entre los derechos políticos y el derecho a la salud de los que gozamos las personas, en nuestra calidad de titulares de Derechos Humanos(²).  Así como las recomendaciones de la OEA "Guía para organizar elecciones en tiempos de pandemia" http://www.oas.org/ documents/spa/press/OEA-guia-para-organizar-elecciones-en-tiempos-de-pandemia.pdf
    El compromiso del Servicio Electoral de Chile es realizar un trabajo riguroso que colabore con el fortalecimiento de la democracia y mantener la impecable tradición electoral chilena. Pero también, es clave para que se cumpla el objetivo del presente protocolo sanitario, el compromiso de toda la ciudadanía, a la cual se invita a participar de forma responsable, con serenidad y siguiendo las recomendaciones especialmente elaboradas para su cuidado.
     
    Protocolo Sanitario para un Plebiscito Nacional 2020 Más Seguro.
     
    I. Producción de Material Electoral:
     
    Es de especial preocupación para el Servicio Electoral de Chile tomar todas las medidas necesarias en las diferentes etapas de la preparación del material electoral, dado que conforme se ha informado desde la comunidad científica, el virus se propaga principalmente por contacto directo con personas infectadas y por contacto indirecto a través de objetos o superficies contaminadas(³).
    Por tanto, las operaciones de adquisición de materiales, acondicionamiento de los espacios en los cuales se preparan las cajas electorales, preparación para su envío, transporte y distribución de estos materiales, documentos y equipamiento electoral también serán objeto de consideración especial en cuanto a riesgo sanitario e higiene. Como hemos dicho, los materiales electorales son superficies susceptibles de transportar virus. Siendo la principal vía de contagio el contacto cercano entre personas y a través de gotículas, hasta el momento no hay evidencia inequívoca de cuánto dura la viabilidad de los virus en distintas superficies, por lo tanto, se hace necesario prevenir tomando los más altos resguardos.

 
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(1) Organización Mundial de la Salud (OMS), "Actualización de la estrategia frente a la Covid-19", 14 de abril de 2020. Disponible en: https://www.who.int/docs/default-source/coronaviruse/covid-strategy-update-14apri12020_es.pdf? sfvrsn=86c0929d_10.
(2) Documento "Dimensiones que Inciden en las Decisiones de los Organismos Electorales en Tiempos de Pandemia" del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Mayo, 2020.
(3) https://www.whoint/news-room/commentaries/detail/transmission-of-sars-cov-2-implications-for-infection-prevention- precautions
    Visto lo anterior, el Servicio Electoral adoptará las siguientes medidas:
     
    - Las instalaciones donde funciona el centro de operaciones para la preparación de materiales electorales deben contar con la infraestructura adecuada para garantizar un ambiente amplio y seguro de trabajo para el personal involucrado en la etapa de confección, armado y distribución de las cajas electorales. En todo momento se deben considerar las instrucciones impartidas por la autoridad sanitaria para lugares de trabajo, siendo cada jefatura encargada de velar por su cumplimiento. Cada Dirección Regional debe considerar un trabajo por turnos que posibilite el distanciamiento físico y el resguardo de un cierto número de personal de ser necesario en caso de contingencia.
    - Los espacios de trabajo se deben desinfectar cada cambio de turno laboral.
    - Todo el personal encargado del armado de cajas y distribución debe contar con insumos sanitarios, principalmente el uso permanente de mascarillas quirúrgicas desechables de tres pliegues (con cambio cada 4 horas o cuando se humedezcan), lavado de manos frecuente, escudo facial y uso de alcohol gel al 70%. Además, deberán estar debidamente acreditados y se realizará un control de temperatura al ingreso de las instalaciones junto con un cuestionario básico sobre posibles síntomas de Covid-19(4). En caso de presentarse una persona con algunos de estos síntomas debe ser derivado a un centro asistencial.
    - En los espacios de trabajo logístico se deberán instalar señalizaciones y marcas en el suelo para delimitar los espacios de movilidad y asegurar la distancia física entre las personas.
    - Se deberá promover la distancia física y espacios determinados para el consumo de alimentos.
    - La Subdirección de Registro, Inscripciones y Acto Electoral, en conjunto con la Unidad de Comunicaciones, deberán elaborar manuales, afiches y materiales audiovisuales sobre los procedimientos de actuación sanitaria para actividades de elaboración de material electoral.
    - El Director/a Regional, o el funcionario en quien éste delegue, deberá supervisar el cumplimiento de las medidas sanitarias por parte del personal encargado del armado de cajas y distribución de éstas.
    - La Subdirección de Registro, Inscripciones y Acto Electoral, en conjunto con las Direcciones Regionales, deberán establecer un plan de contingencia para dar continuidad a las operaciones ante caso positivo de Covid-19 en algún funcionario/a de acuerdo a lo determinado por el seguimiento epidemiológico realizado por la autoridad sanitaria correspondiente.
    - Los Directores Regionales deberán, en general, seguir la guía "Recomendaciones de Actuación en los Lugares de Trabajo en el Contexto Covid-19" del Ministerio de Salud.
     
    II. Kit sanitario:
     
    El Servicio Electoral de Chile hace un llamado al electorado para que el día del Plebiscito Nacional 2020 acuda con sus propios implementos de protección sanitaria (alcohol gel al 70% y mascarilla (idealmente quirúrgicas desechables de tres pliegues). No obstante, lo anterior, el 25 de octubre se dispondrá de kits sanitarios para colaborar en un apropiado resguardo de las medidas recomendadas por el Ministerio de Salud.
    El elector deberá llevar su propio lápiz pasta azul para marcar su preferencia en las correspondientes cédulas de votación, así como para firmar el padrón de mesa.
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(4) Núm. 403 exenta de 28 de mayo de 2020. MINSAL. Numeral 7:
7. Para efectos de esta resolución, son síntomas de la enfermedad del Covid-19 los siguientes:
a. Fiebre, esto es, presentar una temperatura corporal de 37,8 ºC o más.
b. Tos.
c. Disnea o dificultad respiratoria.
d. Dolor torácico.
e. Odinofagia o dolor de garganta al comer o tragar fluidos.
f. Mialgias o dolores musculares.
g. Calofríos.
h. Cefalea o dolor de cabeza.
i. Diarrea.
j. Pérdida brusca del olfato o anosmia.
k. Pérdida brusca del gusto o ageusia.
En caso de tener una persona con algunos de estos síntomas debe ser derivado a un centro asistencial.         
                                                                                                               
    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:
     
    - El día de la constitución de mesas se dispondrá de kits sanitarios básicos para los vocales de mesas receptoras de sufragios y para personal con rol electoral (alcohol gel al 70% y mascarillas quirúrgicas desechables de tres pliegues).
    - Al inicio de la jornada plebiscitaria se dispondrá de kits sanitarios para ser entregados a los vocales de mesas receptoras de sufragios, los que deberán contar con insumos suficientes durante toda la jornada.
    - En cada local de votación se dispondrá, además, de kits sanitarios  para los electores en caso de alguna contingencia.
    - Los kits sanitarios deben contener:
     
    a) Mascarillas para vocales de mesa (2 del tipo KN95 por persona, para recambio durante la jornada). Los apoderados de las opciones deberán llevar sus propios kits sanitarios, de lo contrario no podrán desempeñar sus funciones.
    b) Escudos faciales para los vocales de mesa, siendo obligatorio el uso por parte del presidente/a de mesa al momento del escrutinio.
    c) Alcohol en gel al 70% para vocales de mesa y electores.
    d) Desinfectantes a base de alcohol o cloro para limpieza de superficies y cámara secreta aplicado mediante un rociador, de conformidad al protocolo dictado por la autoridad sanitaria, en particular se debe priorizar la limpieza y desinfección de todas aquellas superficies que son manipuladas por los usuarios con alta frecuencia. Para realizar la limpieza se recomienda el uso de guantes de nitrilo, desechándolos y posterior lavado de manos.
    e) Toallas húmedas con alcohol al 70%, cloro o amonio cuaternario.
    f) Toallas de papel o servilletas.
    g) Guantes de nitrilo para el conteo de votos.
    h) Bolsas de basura grande (basureros de hasta 240 Lts).
     
    - Los distintos kits electorales deben embalarse con cubiertas plásticas impermeables de manera de poder mantener la cadena de higiene. Los kits sólo podrán abrirse en la jornada electoral por parte de vocales de mesa o funcionarios/as electorales previa higienización de las manos.
    - En los locales de votación se utilizará cinta adhesiva de color amarillo para demarcar en el piso la distancia física requerida de al menos un metro.
     
    III. Actos de campaña:
     
    Dado el nuevo contexto que la sociedad debe enfrentar producto de la pandemia del Covid-19, el Servicio Electoral reitera la exigencia al cumplimiento de la prohibición de realizar actos masivos(5), dictada por la autoridad sanitaria, sea de manera pública o privada, pues son incompatibles con una estrategia de distanciamiento físico y cuidado intensivo sanitario. Lo anterior, también debe ser compatibilizado de conformidad a las instrucciones que dicte la autoridad sanitaria en el plan "Paso a Paso", siendo que lugares distintos puedan estar en pasos con más o menos restricciones.
    Sin embargo, se debe considerar que las campañas no son únicamente un instrumento publicitario de los partidos o partidarios de las opciones. Son un medio por el cual se contribuye al debate público y al voto informado; desde ese punto de vista, constituyen un derecho de las personas, de los partidos y de las agrupaciones.
     
    Visto lo anterior, se instruye:
     
    - Los partidos políticos, las organizaciones de la sociedad civil, los parlamentarios independientes o los comandos de las opciones sometidas a plebiscito tendrán la responsabilidad de destinar recursos para insumos sanitarios y ponerlos a disposición de quienes trabajen en la campaña. Se deberá tener en cuenta las recomendaciones de la autoridad sanitaria para actuaciones en los lugares de trabajo en contexto de Covid-19. A su vez, deberán elaborar materiales educativos e informativos para ser difundidos a las personas involucradas en las actividades de campaña y al público en general, en los que se comunique de manera precisa las disposiciones sanitarias para participar en eventos y reuniones.

(5) Decreto Nº4 del 5 de enero de 2020 del Ministerio de Salud. https://www.minsal.cl/ wp-content/uploads/2020/02/1724518_ alerta_sanitaria_coronavirus.pdf y sus actualizaciones.                                                                                                                 
                                                                                                                   
    - Se deben evitar eventos presenciales masivos y promover los canales virtuales, donde la ciudadanía de forma segura pueda escuchar ideas y debatir sobre las opciones sometidas a plebiscito.
    - Para la realización de reuniones presenciales, se debe garantizar una distancia física de al menos un metro y que no se supere el aforo permitido de conformidad a las instrucciones que dicte la autoridad sanitaria en su plan "Paso a Paso", priorizando el uso de espacios abiertos.
    - Las campañas puerta a puerta pueden realizarse siempre que se desplace un número limitado de personas y que en ellas se respete la distancia física de al menos un metro, se utilice mascarilla quirúrgica desechable de tres pliegues (con cambio cada 4 horas) e higienice periódicamente las manos. Se deberá respetar en todo momento a las instrucciones que dicte la autoridad sanitaria en el plan "Paso a Paso".
    - Se debe potenciar el uso de canales digitales que eviten el contacto con materiales o publicidad que puedan transmitir el virus. No obstante lo anterior, también serán de utilidad aquellas piezas de propaganda que la ciudadanía espontáneamente ubique en las ventanas de sus domicilios o balcones.
    - En caso de reuniones en espacios cerrados, se debe sanitizar el recinto, disponer alcohol gel al 70% para los asistentes, y el uso obligatorio de mascarilla (idealmente, quirúrgicas desechables de tres pliegues, con cambio cada 4 horas). Además, se debe considerar el protocolo de la autoridad sanitaria "Modo Covid-19 de Vida".
    - En los locales de votación queda estrictamente prohibido utilizar material sanitario, o de cualquier otro tipo, que tenga propaganda referente a alguna de las opciones del Plebiscito.
     
    IV. Capacitación:
     
    El Servicio Electoral de Chile dispondrá de capacitaciones obligatorias en modalidad presencial y virtual para el personal con rol electoral (funcionarios y funcionarias de Servel, miembros de Juntas Electorales, Delegados, Miembros de Colegios Escrutadores, personal de voto en el extranjero, vocales de mesas receptoras de sufragios, personal de enlace, entre otros). Esta capacitación, impartida por el Servicio Electoral, se desarrollará en grupos compuestos por un máximo de vocales de acuerdo con el aforo que, a esa fecha, haya establecido la autoridad sanitaria. En todo caso, quienes participen en la capacitación deberán adoptar y respetar, en todo momento, las medidas de resguardo sanitario, como son, una distancia física mínima de 1 metro entre una y otra persona, y usar mascarilla en forma permanente. Adicionalmente, se dispondrá de información virtual y videos para todos quienes desempeñen el rol de vocal, siendo obligatoria su revisión.
     
    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:
     
    - Incluir las disposiciones sanitarias emitidas por las autoridades nacionales en materia de salud en la planificación de todas las capacitaciones.
    - Desarrollar materiales de capacitación específicamente enfocados en las medidas, protocolos y lineamientos que debe seguir el personal con rol electoral en materia de prevención de la transmisión del Covid-19, idealmente desagregados de acuerdo con las especificidades de los roles, funciones y obligaciones. Se deben elaborar manuales de actividades en formato escrito, gráfico e infográfico, tanto para complementar la capacitación virtual como para las zonas a las que no se puede llegar con estos medios.
    - Desarrollar material informativo para apoderados de las opciones sometidas a plebiscito, recalcando la obligación de portar en todo momento su propio kit sanitario.
    - Además, desarrollar material informativo y capacitación sobre manipulación de basura.
    - Generar instancias de coordinación y capacitación para las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, Cruz Roja, así como Policía de Investigaciones o Seguridad Municipal, en caso de que estas últimas colaboren. Se debe enfatizar la función respecto de la seguridad del proceso, los electores, casos de evacuación por emergencia, el respeto al protocolo sanitario y especialmente eventuales desórdenes que afecten la distancia física.
     
    V. Personal con rol electoral:
     
    Es una preocupación del Servicio Electoral la organización de planes de contingencia para funcionarios y funcionarias, con objeto de minimizar los riesgos que puede acarrear la interrupción de actividades o procesos críticos. Los planes de contingencia también ayudan a garantizar la pronta reanudación de las actividades en caso de una interrupción, particularmente en plena jornada electoral.
     
    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:
     
    - Evaluar un protocolo especial de cuidado o teletrabajo para parte del equipo de las Divisiones o Unidades claves en la jornada plebiscitaria, como, por ejemplo, del área informática que estará a cargo de la transmisión de resultados.
    - Instaurar un control de toma de temperatura en las oficinas del Servicio Electoral de Chile, así como en los centros de producción de material electoral, realizando un breve cuestionario sobre posibles síntomas(6). En caso de tener una persona con algunos de estos síntomas debe ser derivado a un centro asistencial.
    - Se deberá tener cuidado especial con el control de las personas que desempeñen su labor en comunas diferentes a las que residen, particularmente en aquellas que pudieren estar en cuarentena.
     
    Por último, y desde el año 1988 ha sido tradición que los órganos electorales de Chile desarrollen una Misión de Visitantes Internacionales, siendo de gran importancia en el marco de la colaboración transversal entre organismos electorales de la región, como lo es la Unión Interamericana de Organismos Electorales. Dicha Misión deberá ser evaluada de conformidad a las directrices de la autoridad sanitaria, así como al estado de los vuelos internacionales a octubre de 2020.
     
    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:
     
    - Elaborar un protocolo con los procedimientos y disposiciones sanitarias que deben seguir los visitantes internacionales, que incluya un programa detallado de actividades y resguardos en cada una de ellas.
    - Evaluar el programa de visitantes internacionales, que deseen acreditarse para asistir al Plebiscito Nacional 2020 presencialmente de conformidad a las cuarentenas dictadas por la autoridad sanitaria.
    - Entregar a todos los visitantes internacionales, en el momento de su llegada al país, la información logística de la Misión, las acreditaciones correspondientes y un kit sanitario con:
     
    1) Mascarillas quirúrgicas desechables de tres pliegues, con cambio cada 4 horas o cuando se humedezcan
    2) Escudo facial
    3) Alcohol en gel al 70%
    4) Toallas húmedas con alcohol al 70%.
     
    - En caso de no poder promover una Misión presencial, desarrollar una Misión virtual, a cargo de personal del Consejo Directivo del Servicio Electoral.
     
    VI. Comunicación al electorado:
     
    La comunicación es un factor indispensable en la organización de elecciones en esta nueva realidad; requiere de estrategias que permitan transmitir oportunamente las nuevas medidas y mitigar los temores existentes y los que puedan surgir. El votante debe estar informado de los protocolos diseñados y en la eficacia de las medidas tomadas para resguardar la integridad del sufragio, sin poner en riesgo su salud.
     
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(6) Núm. 403 exenta de 28 de mayo de 2020. MINSAL. Numeral 7:
7. Para efectos de esta resolución, son síntomas de la enfermedad del Covid-19 los siguientes:
a. Fiebre, esto es, presentar una temperatura corporal de 37,8 ºC o más.
b. Tos.
c. Disnea o dificultad respiratoria.
d. Dolor torácico.
e. Odinofagia o dolor de garganta al comer o tragar fluidos.
f. Mialgias o dolores musculares.
g. Calofríos.
h. Cefalea o dolor de cabeza.
i. Diarrea.
j. Pérdida brusca del olfato o anosmia.
k. Pérdida brusca del gusto o ageusia.
En caso de tener una persona con algunos de estos síntomas debe ser derivado a un centro asistencial.                                                                                                             
                                                                                                               
    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:
     
    - Elaborar dentro del set de materiales comunicacionales infografías de tamaño apropiado, que puedan ser dispuestas en distintos lugares del local de votación, enfatizando las medidas sanitarias básicas y el flujo que los electores deberán seguir para su ingreso y salida de los mismos.
    - Elaborar señalética especialmente dedicada a la distancia social, que colabore con las marcas dispuestas en el suelo. En experiencias comparadas, la distancia física en los locales de votación ha sido la mayor dificultad para los órganos electorales.
    - Elaborar campañas comunicacionales para distintos medios, potenciando el uso de redes sociales y TV.
    - Crear en https://www.plebiscitonacional2020.cl/ un apartado especial con recomendaciones y obligaciones sanitarias.
    - Promover el uso responsable de redes sociales y medios digitales como un instrumento valioso de la democracia, ya que en contexto de pandemia pueden surgir mayor cantidad de noticias falsas que afecten la seguridad sanitaria.
    - Capacitar a la Unidad de Atención Ciudadana para poder entregar respuestas en materia de medidas sanitarias, coordinadamente con el teléfono del Ministerio de Salud "Salud Responde".
     
    VII. Locales de votación:
     
    Los locales de votación poseen la especial complejidad de su diversa infraestructura, lo cual plantea desafíos adicionales para el Servicio Electoral. Por tanto, se ha trabajado evaluando la selección de aquellos que cuenten con grandes áreas o superficies en las que se pueden instalar mesas más grandes que lo habitual, dada la necesidad de distancia física entre los miembros de las mismas, y más alejadas unas de otras. Esto podría implicar reducir el número de mesas por local de votación y consecuentemente, aumentar el número de recintos donde instalar mesas. No obstante lo anterior, se debe trabajar con las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad, para mantener ordenado el flujo de electores en el exterior de los locales de votación, así como también invitar a retirarse de éstos a los electores tan pronto hayan votado.
     
    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:
     
    - Los locales de votación deberán ser sanitizados los días 23 y 24 de octubre en la madrugada. Para ello se solicitará la colaboración de las autoridades correspondientes, y de los propietarios y administradores de los recintos. Además, se solicita a los municipios realizar, durante la jornada del 25 de octubre, retiro periódico de basura y limpieza de locales.
    - Al exterior de los locales se deberán demarcar con cinta amarilla el espaciamiento físico que será requerido a los electores para su ingreso. De igual forma se deberá demarcar el distanciamiento físico para ingresar a la mesa receptora de sufragios.
    - Será obligatorio el uso permanente de mascarillas (idealmente, quirúrgicas desechables de tres pliegues) en los locales de votación.
    - Los electores deberán ingresar a los locales de votación solos, sin compañía, salvo aquellos que manifiesten necesidad de voto asistido.
    - En la medida que los espacios lo permitan, considerar filas de acceso preferencial para adultos mayores, personas con necesidades especiales o embarazadas, las que deberán tener 2 metros de distancia con la fila de acceso general.
    - Al momento de ingresar a los locales de votación todas las personas, sin excepción, deberán desinfectar sus manos con el uso de alcohol gel al 70% o rociador con alcohol al 70% dispuesto por la institución para tales fines.
    - Los locales de votación contarán con mascarillas quirúrgicas desechables de tres pliegues para casos de contingencia con electores u otros.
    - Para ingresar a los locales de votación se deberán realizar filas, siempre provistos de mascarillas (idealmente quirúrgicas desechables de tres pliegues) y guardando una distancia de al menos un metro entre las personas.
    - En los locales de votación queda estrictamente prohibido ingresar con propaganda referente a alguna de las opciones del Plebiscito, ya sea en sus elementos sanitarios o vestimenta.
    - Se deberá determinar un aforo considerando la capacidad máxima del recinto asegurando un distanciamiento de al menos un metro entre personas. Se deberá también coordinar con las fuerzas de orden correspondientes que tampoco existan aglomeraciones en el exterior del local de votación. En el aforo no se debe considerar a los vocales, apoderados, prensa, personal del Delegado o con rol electoral y fuerzas encargadas del orden.
    - Se recomienda que los locales de votación tengan habilitadas puertas de ingreso y salida distintas, para permitir el flujo unidireccional y evitar aglomeraciones.
    - Una vez emitido el voto, los electores tendrán que hacer abandono inmediato del local de votación por la salida dispuesta para ello. Es importante procurar impedir los contactos sociales, conversaciones y saludos en el interior del recinto de votación. Las declaraciones, entrevistas o conferencias de prensa de cualquier persona deberán ser realizadas afuera de los locales de votación.
    - Se deberán reforzar los basureros con tapa al interior de los locales de votación y colocando bolsas de basura grande (basureros de hasta 240 Lts), para asegurar la protección del personal de aseo. Además, duplicando su capacidad y señalando claramente cuáles son los indicados para botar la basura sanitaria (la señalización de éstos deberá ser de color rojo). Se entenderá por basura sanitaria las mascarillas, escudos faciales, guantes, toallas de higienización u otro que se haya utilizado para cuidado personal o limpiar materiales. Los municipios deberán hacer retiro periódico de la basura y limpieza de los locales de votación.
    - Tanto en el exterior como en el interior de los locales de votación, se deben colocar afiches que orienten al elector sobre medidas sanitarias, entradas y salidas.
    - Los locales de votación deben contar con baños públicos disponibles y éstos deben limpiarse y desinfectarse de manera frecuente, procurando tener agua potable, jabón líquido y asegurando distancia física de al menos un metro.
     
    VIII. Mesa Receptora de Sufragios:
     
    Al momento de la instalación, los vocales de la mesa receptora de sufragios deberán organizarse para establecer una ubicación que permita la distancia física de al menos un metro entre ellos. Luego se procederá a revisar los materiales electorales y el kit sanitario. Los vocales de mesa deberán recibir a una importante cantidad de personas durante la jornada electoral y estarán en constante contacto con superficie y materiales durante todo el día. Es importante que permanentemente hagan uso de alcohol en gel 70% para cumplir con la higiene de manos, complementado con lavados frecuentes de mano con agua y jabón.
    Una dificultad para el proceso en el actual contexto son las cámaras secretas donde el elector marcará sus preferencias del Plebiscito Nacional 2020. Por tanto, se deberán eliminar las cortinas de la cámara secreta y tendrán que ser ubicadas en una posición que garantice el secreto del voto.
     
    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:
     
    - Designar a un vocal como responsable de verificar el cumplimiento de las medidas y protocolos sanitarios en cada una de ellas.
    - A fin de lograr el distanciamiento mínimo necesario entre las mesas receptoras de sufragios, así como el distanciamiento físico entre los vocales de mesa, apoderados y la prensa, se adoptará lo siguiente: 1.- El distanciamiento entre las mesas receptoras de sufragios que se instalen en el local de votación, deberá ser de al menos 2 metros de separación entre una y otra. 2.- El distanciamiento de la cámara secreta deberá ser de al menos 2 metros respecto de la mesa receptora de sufragios. 3.- Las urnas deberán ser instaladas con una distancia de al menos 1 metro respecto de los vocales. 4.- El distanciamiento entre los vocales de mesa y los apoderados deberá ser de, a lo menos, 1 metro de separación. En relación al distanciamiento de los representantes de medios de comunicación con la mesa, éste será a lo menos de 2 metros.
    - Los vocales de la mesa receptora de sufragios podrán opcionalmente antes del conteo de votos usar guantes de nitrilo, sin embargo, será obligatoria la desinfección periódica de las manos sea que se utilicen o no los guantes.
    - Los vocales de la mesa receptora de sufragios deberán utilizar en todo momento las mascarillas del kit sanitario, debiendo hacer un recambio de éstas cuando estén humedecidas. El escudo facial es recomendado para los vocales, pero será obligatorio para el Presidente de mesa al momento de la lectura de los votos y del escrutinio.
    - Los vocales de la mesa deberán desinfectar las cámaras secretas y lápices después de cada uso, además, deberán realizar una desinfección periódica (recomendado cada 2 horas) de las superficies del mobiliario. Lo anterior, con un rociador con una solución de alcohol gel al 70%, cloro, amonio cuaternario  o con toallas húmedas con alcohol al 70%.
    - El Presidente de la mesa será responsable, o quien éste designe, de mantener en el exterior de la sala una fila que asegure el distanciamiento físico de al menos un metro, demarcando los espacios en el piso. Sólo se permitirá el ingreso preferente de votantes a las mesas receptoras de sufragios en casos que tengan más de 65 años, necesidades especiales, estén embarazadas o requieran voto asistido.
    - Al recibir a un elector, los vocales de la mesa receptora de sufragios no deberán tocar la cédula de identidad de éste. Sólo si fuera necesario, se deberá desinfectar la cédula de identidad del elector, con una solución de alcohol gel al 70% o con toallas húmedas con alcohol al 70%. Al momento de colocar sobre la mesa la cédula de identidad, el elector debe retroceder al menos un metro a la espera de que el miembro de mesa encuentre el registro en el padrón. El elector deberá mostrar su rostro quitándose la mascarilla por no más de 3 segundos, a una distancia mínima de dos metros. Luego se procederá a entregarle las cédulas de votación para el Plebiscito. La cédula de identidad quedará a la vista del miembro de mesa correspondiente. Emitidos los votos, el elector deberá mostrarlos doblados y sellados, para que el Presidente de la mesa revise que los números de serie son coincidentes con los de las cédulas entregadas y, con la autorización de éste, el elector deberá desprender las colillas, depositándolas en el sobre que se le indique y luego depositar los votos en la urna. Hecho esto, el elector podrá retirar su documento de identidad.
    - Los vocales de la mesa procurarán mantener distancia con el elector. La entrega de la cédula de votación se deberá realizar dejándolas sobre la mesa, evitando mantener contacto físico con el elector. Misma situación al firmar el padrón por parte del elector.
    - Los vocales de mesa podrán permitir que cada elector use su propio lápiz pasta azul para emitir el voto y firmar el padrón.
    - Los apoderados de las opciones del plebiscito tendrán que usar en todo momento mascarilla KN95 o quirúrgicas desechables de tres pliegues (con cambio cada 4 horas o cuando se humedezcan), mantener debida distancia y desinfectar sus manos periódicamente.
    - Respecto de la cámara secreta, se deberán eliminar las cortinas, por lo que se deberá procurar una ubicación que asegure el secreto del voto. Adicionalmente, se deberá desinfectar la superficie después de cada uso y los vocales deberán controlar el ingreso.
    - Los vocales procurarán una atención expedita a los electores, a efectos de que éstos permanezcan en el lugar el menor tiempo posible.
     
    IX. Alimentación y tiempos de descanso:
     
    Se debe instruir a los vocales de mesa que la alimentación e ingesta de líquidos se debe realizar por turnos, en espacios abiertos al interior del local de votación.
     
    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:
     
    - Que el Delegado del local de votación recomiende a los vocales de mesa receptora de sufragios una zona determinada para su alimentación, procurando una distancia física de al menos un metro y con sistema de turnos. En el caso de la ingesta de líquidos, se recomienda hacerla en espacios abiertos o retirándose la mascarilla el menor tiempo posible.
    - Dado que la basura sanitaria o los restos de alimentos pueden ser un foco de contagio, se debe constatar periódicamente la disponibilidad de contenedores de basura señalizados con color rojo para disponer los elementos de protección utilizados.
    - En todo este proceso el Delegado debe procurar la continuidad del funcionamiento de la mesa, en aquellos casos que sólo se cuenta con el mínimo de tres vocales.
    - Procurar no tener comercio de líquidos o alimentos.
     
    X. Voto accesible, de grupos de riesgo o adultos mayores:
     
    El Servicio Electoral ha innovado permanentemente en tener a disposición en cada local de votación, de plantillas braille o con ranuras para la emisión del voto por parte de electores con discapacidad visual, la cual debe ser desinfectada después de cada utilización. Al respecto se debe tener especial cuidado en asistir a las personas con dificultad visual o movilidad reducida para ejercer el sufragio, permitiendo la asistencia de una persona de confianza del elector, además de poder contar con la guía y apoyo de personal de Defensa Civil, Cruz Roja o las Fuerzas Armadas.
    Respecto de los adultos mayores o grupos de riesgo, es importante evitar la exposición de éstos en las actividades y gestiones del Plebiscito Nacional 2020. Al igual que en el caso anterior, les está permitido contar con la asistencia de una persona de confianza del elector, además de poder contar con la guía y apoyo de personal de Defensa Civil, Cruz Roja o las Fuerzas Armadas. Con especial cuidado en estos grupos de electores, se recomienda la desinfección de mesas y cámara secreta previo y después de cada uso.
     
    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:
     
    - Para el caso de adultos mayores, personas con discapacidad visual, con movilidad reducida, embarazadas o grupos de riesgo se deben reforzar las medidas sanitarias de forma estricta. Con especial atención en la higiene de manos (uso de alcohol en gel al 70%), uso de mascarilla (idealmente, quirúrgicas desechables de tres pliegues) y procurar su atención preferente. En caso de que sean asistidos por terceros, es obligatoria la desinfección de manos antes de hacerlo.
    - Los Delegados de los locales de votación deben evitar la selección de vocales de mesas que pertenezcan al grupo de adultos mayores, ya que estos corren mayor riesgo de presentar complicaciones graves ocasionadas por la enfermedad Covid-19.
    - Con la finalidad de resguardar la salud y facilitar el ejercicio del derecho a sufragio de los electores, se establecen los siguientes horarios exclusivos y preferentes para la votación de los electores comprendidos en los grupos etarios o de riesgo que, en adelante, se indican: a) Desde las 14:00 a las 17:00 horas: Electores adultos mayores de 60 años tendrán un horario exclusivo. Fuera de este horario ellos tendrán trato preferente para votar durante todo el proceso de votación. Otros electores podrán votar en este rango horario siempre que no haya mayores de 60 años esperando para hacerlo; b) Mujeres embarazadas, personas que tengan algún tipo de discapacidad, y electores que requieran ser asistidos en el ejercicio de su sufragio tendrán trato preferente para votar durante todo el proceso de votación.
    - Sin perjuicio del establecimiento de un horario recomendado por el Servicio Electoral, se deberá siempre dar prioridad en las filas, tanto al exterior del local de votación como al interior, a electores mayores de 60 años, personas con algún tipo de discapacidad, electores que requieran ser asistidos en el ejercicio del sufragio y a embarazadas. Esto debe ser enfatizado en las capacitaciones a los vocales de mesa.
     
    XI. Escrutinio y transmisión de datos:
     
    El escrutinio es la parte cúlmine de la jornada prevista para el 25 de octubre de 2020. Si bien el conteo de los votos del Plebiscito Nacional 2020 no es de una mayor complejidad, es un momento clave para obtener los resultados del ejercicio democrático. Por tanto, es importante reforzar la capacitación en esta etapa del proceso, mantener motivados a los vocales de las mesas receptoras de sufragios y que cuenten con personal técnico en caso de requerir ayuda. De la misma forma, es importante que el Presidente de la mesa conozca sus facultades, así como aquellas que tienen los apoderados de las opciones.
     
    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:
     
    - Al efectuar el cierre de la mesa, se deberá proceder a sanitizar las superficies de trabajo y lápices con los que trabajarán en el escrutinio. En este punto se recomienda que los vocales de mesa usen guantes de nitrilo y los desinfecten periódicamente con alcohol gel al 70%, debido a que tendrán que manipular los votos de la urna.
    - Todo el personal involucrado en las fases de escrutinio, escaneo y transmisión, deberá mantener la distancia física requerida de al menos un metro, utilizar permanentemente los medios de protección e higiene suministrados: mascarillas KN95 o quirúrgicas desechables de tres pliegues, escudos faciales, y alcohol gel al 70%. El público, apoderados y medios de comunicación deberán utilizar en todo momento sus propias mascarillas y mantener la distancia física requerida de al menos un metro. El Presidente de la mesa está investido de la autoridad para hacer cumplir estas medidas. Especialmente, para hacer el conteo de los votos públicamente y en voz alta, el Presidente de la mesa deberá utilizar escudo facial, debiendo el resto de los presentes mantener silencio para facilitar la lectura de los votos (que puede verse dificultado por el uso de mascarilla).
    - Una vez completadas las actas, se deberá proceder a la desinfección de manos y llevar a la oficina electoral del local de votación para la digitación y transmisión de los datos.
    - Tanto el personal PESE (Personal de Enlace del Servicio Electoral), digitadores y personal técnico de transmisión de resultados deberá en todo momento llevar mascarilla KN95, guantes de nitrilo y utilizar periódicamente alcohol gel al 70%.
    - Para el retiro del material electoral, todo el personal involucrado en el transporte, servicios logísticos y seguridad deberá mantener las medidas sanitarias.
     
    XII. Divulgación de resultados:
     
    El día del Plebiscito Nacional 2020, el Servicio Electoral dispone de un Centro Prensa y de Divulgación de Resultados, el cual contará con especiales medidas de seguridad y control de aforo.
     
    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:
     
    - El Centro de Prensa y de Divulgación de Resultados deberá ser desinfectado en todas sus instalaciones el 24 de octubre.
    - Todo el personal con acceso al Centro de Prensa y de Divulgación de Resultados deberá estar debidamente acreditado, será controlado en su temperatura al ingreso de las instalaciones y se le realizará un cuestionario básico sobre posibles síntomas de Covid-19(7). En caso de tener una persona con algunos de estos síntomas debe ser derivado a un centro asistencial.
    - Se contará con un aforo máximo informado con anticipación a los medios, procurando mantener la distancia física de un metro en todo momento. Quienes no puedan acceder al Centro de Prensa por esta medida, contarán con transmisiones en línea y contactos en directo que les permitan realizar una correcta cobertura del evento.
    - En todo momento se deberá utilizar mascarilla KN95 o quirúrgicas desechables de tres pliegues (con cambio cada 4 horas), higienizar las manos con alcohol gel al 70% y mantener una estricta distancia física de al menos de un metro.
    - Los profesionales de la prensa deberán higienizar periódicamente sus equipos y micrófonos.
    - Para la alimentación e ingesta de líquidos, se dispondrá de una zona especial, con ventilación apropiada y que asegure una distancia física de al menos un metro entre personas. Se deberá evitar comer en grupos de más de 3 personas, y toda la comida o líquidos deberán ser envasados.
    - Se deberán reforzar los basureros, disponiendo que éstos tengan tapa rotulados con señalética roja que indique su uso para eliminar los desechos sanitarios.
    - El personal que esté trabajando en el Centro de Prensa y de Divulgación de Resultados contará con un kit sanitario para la correspondiente desinfección de sus superficies de trabajo, y equipos, como laptop o teléfonos celulares.
     
    XIII. Transporte de los electores:
     
    El transporte público es un elemento de riesgo si es que no se adoptan medidas apropiadas para su funcionamiento durante la jornada electoral. Un medio de transporte como un bus o metro que presente alta aglomeración en el traslado de votantes puede aumentar la probabilidad de propagación del Covid-19 antes de la llegada de los votantes a ejercer el sufragio o de regreso a los hogares. Se debe considerar en conjunto con el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones un plan que posibilite brindar higienización de buses, taxis y vagones de metro el día anterior al Plebiscito Nacional 2020, y durante la jornada. Del mismo modo, y para mantener una distancia física de al menos de un metro se recomienda evaluar un aumento en la capacidad y frecuencia de buses o metro, exigiendo siempre el uso de mascarilla (idealmente, quirúrgicas desechables de tres pliegues, con cambio cada 4 horas). Se recomienda que en el transporte público sean bloqueados asientos por medio.
     
    ________________
(7) Núm. 403 exenta de 28 de mayo de 2020. MINSAL. Numeral 7:
7. Para efectos de esta resolución, son síntomas de la enfermedad del Covid-19 los siguientes:
a. Fiebre, esto es, presentar una temperatura corporal de 37,8 ºC o más.
b. Tos.
c. Disnea o dificultad respiratoria.
d. Dolor torácico.
e. Odinofagia o dolor de garganta al comer o tragar fluidos.
f. Mialgias o dolores musculares.
g. Calofríos.
h. Cefalea o dolor de cabeza.
i. Diarrea.
j. Pérdida brusca del olfato o anosmia.
k. Pérdida brusca del gusto o ageusia.
En caso de tener una persona con algunos de estos síntomas debe ser derivado a un centro asistencial.                                                                                                             
                                                                                                               
    XIV. Voto en el exterior:
     
    En relación con el voto de chilenos y chilenas en el exterior, regirá de igual forma el presente protocolo, adaptándose en aquello que por infraestructura no sea posible o por las normas establecidas por cada Estado receptor. Se recomienda que el Ministerio de Relaciones Exteriores realice una evaluación de las condiciones de cada país e informe al Servicio Electoral.
     
    XV. Apoderados opciones plebiscitadas
     
    En representación de las opciones plebiscitadas, y para los efectos de evitar aglomeraciones, mantener la distancia física, y facilitar las actuaciones de las Juntas Electorales, Delegados en las Oficinas Electorales, Colegios Escrutadores y de las Mesas Receptoras de Sufragios, durante la votación y en especial en los escrutinios, se hace necesario limitar la presencia de los apoderados ante estos organismos.
     
    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:
     
    - Sólo podrá asistir un máximo de 4 apoderados, uno por opción, a las actuaciones de cada Mesa Receptora de Sufragios.
    - Cada Comando y los partidos políticos, parlamentarios independientes y organizaciones de la sociedad civil debidamente inscritas que no concurran en comandos, podrán designar un apoderado general de local, el que actuará también en cada Oficina Electoral.
    - Sólo podrá asistir un apoderado por cada comando y partidos políticos, parlamentarios independientes y organizaciones de la sociedad civil debidamente inscritas que no concurran en comandos, a presenciar las actuaciones de las Juntas Electorales y de los Colegios Escrutadores.
    - En sus actuaciones los apoderados deberán dar estricto cumplimiento a las medidas sanitarias dispuestas en este Protocolo Sanitario.
     
    XVI. ANEXOS:
     
    A. MAPA DE MESAS RECEPTORAS DE SUFRAGIOS:
     
   
     
   
     
    B. MATERIALES SANITARIOS DE REFERENCIA:
     
   
     
   
     
   
     
    C. SEÑALÉTICA DE REFERENCIA:
     
   
     
   
     
    D. FUENTES CONSULTADAS:
     
    - Resolución Exenta Nº591, publicada el 25 de julio 2020. Ministerio de Salud de Chile.
    - Resolución Exenta Nº403, publicada el 28 de mayo de 2020. Ministerio de Salud de Chile.
    - Protocolos Sanitarios Plan de Acción Covid-19 en: https://www.economia.gob.cl /2020/03/27/protocolos-sanitarios-para-funcionamiento-de-empresas.htm
    - Recomendaciones de Actuación en los Lugares de Trabajo en el Contexto Covid-19" en: https://www.minsal.cl/wp-content/uploads/2020/04/Recomendaciones-de-actuacion-en-lugares-de-trabajo.pdf
    - Protocolo de Limpieza y Desinfección de Ambientes - Covid-19" en:  https://  www.minsal.cl/wpcontent/uploads/2020/03/protocolo-de-limpieza-y-desinfecci%c3%93n-de-ambientes-Covid-19.pdf
    - Resolución Nº53-2020 de la Junta Central Electoral de República Dominicana sobre Protocolo Sanitario para Aplicar en Recintos y Colegios Electorales Elecciones Extraordinarias Generales del 5 de julio del 2020.
    - Conclusiones de la Misión de Observación Electoral Internacional de la Unión Interamericana de Organismos Electorales para las Elecciones Extraordinarias Generales del 5 de julio del 2020 de República Dominicana.
    - Documento "Dimensiones que Inciden en las Decisiones de los Organismos Electorales en Tiempos de Pandemia" del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Mayo, 2020
    - Documento "Lecciones aprendidas en materia de organización de elecciones en contexto de pandemia y post-pandemia" del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Julio de 2020.
    - Documento "Guía para Organizar Elecciones en Tiempos de Pandemia" de la Organización de Estados Americanos. Julio de 2020.
    - Documento "Medidas de seguridad para asegurar elecciones seguras durante la situación de Covid-19"de la Oficina del Primer Ministro de Singapur. Departamento de Elecciones. Junio 2020.
     
    E. INSTITUCIONES QUE ENTREGARON OPINIÓN TÉCNICA:
     
    - Organización Panamericana de la Salud / OMS
    - Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
    - Sociedad Chilena de Infectología
    - Sociedad Chilena de Epidemiología
    - Cruz Roja de Chile
    - Oficina Nacional de Emergencia