Artículo 15º.- Los Decreto 130 EXENTO,
HACIENDA
Art. primero N° 14
D.O. 19.04.2021
beneficios que se regulan en este decreto y que fueran dispuestos por el artículo 6º de la Ley Nº 21.256, son incompatibles con aquellos establecidos en las leyes Nos. 21.242 y 21.252. Asimismo, en el caso de los beneficios dispuestos en el artículo 19 de la Ley Nº 21.323, éstos serán compatibles con los demás beneficios otorgados con motivo de la situación de pandemia COVID-19, con excepción de los beneficios del bono clase media y del préstamo solidario establecidos en esa misma ley.".