APRUEBA INFORME CONSOLIDADO DE RESPUESTAS CORRESPONDIENTE AL PROCEDIMIENTO NORMATIVO DE ELABORACIÓN DEL ANEXO TÉCNICO EXIGENCIAS MÍNIMAS DE DISEÑO DE INSTALACIONES DE TRANSMISIÓN DE LA NORMA TÉCNICA SEGURIDAD Y CALIDAD DE SERVICIO, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 34 DEL DECRETO SUPREMO N° 11 DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, DE 31 DE ENERO DE 2017

    Núm. 346 exenta.- Santiago, 8 de septiembre de 2020.
     
    Vistos:
     
    a) Lo dispuesto en los artículos 7° y 9° letra h) del DL N° 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía, en adelante e indistintamente, "Comisión" o "CNE", modificado por la ley N° 20.402, que crea el Ministerio de Energía;
    b) Lo establecido en el DFL N° 4, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, Ley General de Servicios Eléctricos, y sus modificaciones posteriores, en adelante e indistintamente, "Ley" o "Ley General de Servicios Eléctricos", en particular, lo dispuesto en su artículo 72°-19;
    c) Lo establecido en el decreto supremo N° 11 del Ministerio de Energía, de 31 de enero de 2017, publicado en el Diario Oficial el 28 de septiembre de 2017, que "Aprueba reglamento para la dictación de normas técnicas que rijan los aspectos técnicos, de seguridad, coordinación, calidad, información y económicos del funcionamiento del sector eléctrico", en adelante, "Reglamento";
    d) Lo establecido en la resolución exenta N° 786 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2019, que aprueba texto refundido y sistematizado de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, y sus anexos técnicos;
    e) Lo establecido en la resolución exenta N° 23 de la Comisión, de 13 de enero de 2017, que "Aprueba plan de trabajo anual para la elaboración y desarrollo de la normativa técnica correspondiente al año 2017, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 72°-19 de la Ley General de Servicios Eléctricos" y sus modificaciones posteriores, en adelante, "Plan de Trabajo Anual 2017" o "Resolución Exenta N° 23";
    f) Lo establecido en la resolución exenta N° 757 de la Comisión, de 27 de diciembre de 2017, publicada en el Diario Oficial el 4 de enero de 2018, "Resolución de inicio del procedimiento de elaboración del Anexo Técnico Diseño de Instalaciones de Transmisión de la Norma Técnica Seguridad y Calidad de Servicio, en conformidad con lo dispuesto en la resolución CNE N° 23 exenta modificada por las resoluciones CNE N° 424 y N° 469, todas de 2017, que aprueba plan de trabajo anual para la elaboración y desarrollo de la normativa técnica correspondiente al año 2017, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 72°-19 de la Ley General de Servicios Eléctricos", en adelante, "Resolución Exenta N° 757";
    g) Lo establecido en la resolución exenta N° 126 de la Comisión, de 15 de febrero de 2018, que "Designa integrantes del Comité Consultivo que colaborará en el procedimiento de elaboración del Anexo Técnico de Diseño de Instalaciones de Transmisión de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, contenida en el Plan Anual Normativo correspondiente al año 2017 y 2018, y fija fecha para la celebración de la primera sesión del mismo", modificada mediante resolución exenta N° 224, de 22 de marzo de 2018, en adelante, "Resolución Exenta N° 126";
    h) Lo señalado en el aviso publicado en el Diario Oficial el 24 de julio de 2019, mediante el cual se informa el inicio de la etapa de consulta pública del Anexo Técnico Exigencias Mínimas de Diseño de Instalaciones de Transmisión de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, de conformidad al procedimiento normativo iniciado mediante resolución exenta N° 757;
    i) Lo señalado en el aviso publicado en el Diario Oficial el 14 de agosto de 2019, mediante el cual se informa sobre la extensión de plazo de la etapa de consulta pública referida en el visto anterior;
    j) Las observaciones presentadas a la Comisión en el marco de la consulta pública del cual se informa el inicio de la etapa de consulta pública del Anexo Técnico Exigencias Mínimas de Diseño de Instalaciones de Transmisión de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, recibidas a través de correos electrónicos hasta el 29 de agosto de 2019 incluso; y
    k) Lo establecido en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    1) Que, el artículo 72°-19 de la ley establece que la Comisión deberá fijar, mediante resolución exenta, las normas técnicas que rijan los aspectos económicos, de seguridad, coordinación, calidad, información y económicos del funcionamiento del sector eléctrico, debiendo establecer un plan de trabajo anual que permita proponer, facilitar y coordinar el desarrollo de tales normas, en el marco de un proceso público y participativo, cuyas normas deben ser establecidas en un reglamento;
    2) Que, de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo 72°-19 de la Ley y en el artículo 7 del Reglamento singularizado en el visto c), la Comisión dictó la resolución exenta N° 23, que consideró como parte del Plan Normativo Anual para la elaboración y desarrollo de la normativa técnica del año 2017, el procedimiento de elaboración del Anexo Técnico Diseño de Instalaciones de Transmisión de la Norma Técnica Seguridad y Calidad de Servicio;
    3) Que, de acuerdo con lo señalado en el mismo artículo 72°-19 de la Ley, en el artículo 14 del Reglamento y el Plan Normativo Anual 2017, la Comisión dictó la resolución exenta N° 757, mediante la cual se dio inicio al procedimiento normativo de elaboración del Anexo Técnico Diseño de Instalaciones de Transmisión de la Norma Técnica Seguridad y Calidad de Servicio;
    4) Que, posteriormente, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 72°-19 y en el artículo 17 del Reglamento, la Comisión dictó la resolución exenta N° 126, mediante la cual se designó a los integrantes del Comité Consultivo Especial del procedimiento normativo de elaboración del Anexo Técnico Diseño de Instalaciones de Transmisión de la Norma Técnica Seguridad y Calidad de Servicio;
    5) Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 32 y 33 del Reglamento, el borrador del Anexo Técnico Exigencias Mínimas de Diseño de Instalaciones de Transmisión fue sometido a consulta pública por el plazo de 15 días hábiles, contados desde la publicación en el Diario Oficial del aviso indicado en el literal h) de vistos, plazo que luego fue extendido por 10 días hábiles adicionales, venciendo finalmente el día 29 de agosto de 2019;
    6) Que, la Comisión, en el marco de la consulta pública, recibió, mediante correo electrónico, observaciones de las siguientes personas naturales y jurídicas:
     
    1. ABB (Carlos Abarca)
    2. ABB (Juan Bedoya)
    3. ABB Power Grids (Juan Chacano)
    4. Alejandro Ramírez Hamer
    5. Celeo Redes, Grupo CGE, Grupo Chilquinta, Grupo Enel, Red Eléctrica, Grupo SAESA, TEN (EEAG)
    6. CMPC Bionergías Forestales SpA
    7. Colbún S.A.
    8. Coordinador Eléctrico Nacional
    9. Dessau Ingeniería SpA
    10. Enel (empresas generadoras del grupo Enel)
    11. Engie Energía Chile S.A.
    12. Gabriel Olguín
    13. INGTEGRAL
    14. ISA/ITCH
    15. Siemens S.A.
    16. Transelec S.A.
     
    7) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento, al término de la etapa de consulta pública, la Comisión debe elaborar un informe consolidado de respuestas, analizando y respondiendo fundadamente las observaciones recibidas y, en su caso, fundamentando los motivos de su rechazo; y
    8) Que, a la luz de lo señalado en los considerandos anteriores, corresponde aprobar, mediante la presente resolución, el informe consolidado de respuestas a las observaciones recibidas en la consulta pública del Procedimiento Normativo de Elaboración del Técnico Exigencias Mínimas de Diseño de Instalaciones de Transmisión.
     
    Resuelvo:

    Artículo primero: Apruébase el informe consolidado de respuestas a las observaciones recibidas en la consulta pública del Procedimiento Normativo de Elaboración del Anexo Técnico Exigencias Mínimas de Diseño de Instalaciones de Transmisión de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento, el que se entiende formar parte de la presente resolución exenta para todos los efectos legales.
     

    Artículo segundo: En conformidad a lo dispuesto en el artículo 35 y segundo transitorio del Reglamento, publíquese la presente resolución en el sitio web de la Comisión Nacional de Energía y en el Diario Oficial.
     

    Artículo tercero: El informe consolidado de respuestas a las observaciones recibidas en la consulta pública del Procedimiento Normativo de Elaboración del Anexo Técnico Exigencias Mínimas de Diseño de Instalaciones de Transmisión de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio referido en el artículo primero, deberá estar disponible, a más tardar, al día hábil siguiente al que se publique la presente resolución exenta en el Diario Oficial, en forma permanente y gratuita, para todos los interesados, en formato Acrobat (*.pdf), en el sitio web institucional de la Comisión Nacional de Energía.

    Anótese, regístrese y publíquese en el Diario Oficial.- José Venegas Maluenda, Secretario Ejecutivo, Comisión Nacional de Energía.