MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.113 EXENTA, DE 2020, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE DECLARA A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SUBVENCIONADOS QUE INDICA, COMO DE DESEMPEÑO DE EXCELENCIA PARA LOS AÑOS 2020-2021
Núm. 3.683 exenta.- Santiago, 9 de septiembre de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N° 19.410, que modifica la ley N° 19.070, sobre Estatuto de Profesionales de la Educación; en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre subvenciones a establecimientos educacionales; en la ley N° 19.933, que otorga un mejoramiento especial a los Profesionales de la Educación que indica; en la ley N° 20.201, que modifica el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, de Educación, sobre subvenciones a establecimientos educacionales y otros cuerpos legales; en la ley N° 20.244, que introduce modificaciones en la ley N° 19.464, que establece normas y concede aumento de remuneraciones para el personal no docente; en la Ley N° 21.192, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2020; en el decreto N° 66, de 2006, del Ministerio de Educación, que fija el mecanismo de medición y ponderación de los factores establecidos por el artículo 16 de la ley N° 19.410 y sus modificaciones; en la resolución exenta N° 1.113, de 2020, del Ministerio de Educación; en el Ord. N° 05/761, de 2020, del Jefe de la División de Educación General; en las resoluciones Nos 7 y 8, ambas de 2019, y de la Contraloría General de la República; y,
Considerando:
1°. Que, la ley N° 19.410 en su artículo 15 creó, desde 1996, una subvención por desempeño de excelencia para los establecimientos educacionales subvencionados que hayan sido calificados como de excelente desempeño, la que corresponderá a un monto mensual en pesos por alumno que se entregará trimestralmente en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año;
2°. Que, el artículo 16 de la misma ley creó un Sistema Nacional de Evaluación del Desempeño de los Establecimientos Educacionales Subvencionados, en base al cual se efectúa la selección y determinación de los establecimientos educacionales que percibirán la subvención por desempeño de excelencia;
3°. Que, por resolución exenta N° 1.113, de 2020, del Ministerio de Educación, se declaró a los establecimientos educacionales subvencionados de desempeño de excelencia, según los resultados del Sistema Nacional de Evaluación de Desempeño correspondientes al período 2020-2021;
4°. Que, establecimientos educacionales que no fueron declarados como de desempeño de excelencia, presentaron nuevos antecedentes ante esta Secretaría de Estado, para optar al beneficio de subvención correspondiente;
5°. Que, mediante Ord. N° 05/761, de 2020, del Jefe de la División de Educación General, se señala que, revisados los documentos acompañados, corresponde incluir a ciertos establecimientos que sí cumplían los requisitos para ser declarados como de desempeño de excelencia y no estaban en el listado original.
Resuelvo:
Artículo 1°: Modifícase la resolución exenta N° 1.113, de 2020, del Ministerio de Educación, que declaró a los establecimientos subvencionados como de desempeño de excelencia para los años 2020-2021, en el siguiente sentido:
a) Reemplázase en su Artículo 1° la frase: "en el listado contenido en el archivo con firma electrónica avanzada del CD con caratulado 'Copia de Base seleccionados SNED 2020-2021', firmado por el Jefe de la División de Educación General, que se acompaña en anexo y que forma parte integrante de la presente resolución", por la siguiente: "en los listados contenidos en los archivos con firma electrónica avanzada del CD con caratulado 'Copia de Base seleccionados SNED 2020-2021' y del CD caratulado 'EE REX 1era modificación SNED RL', ambos firmados por el Jefe de la División de Educación General, que se acompañan en anexo y que forman parte integrante de la presente resolución".
b) Reemplázase en su Artículo 6° la frase: "una copia del CD a que refiere el artículo 1°", por la siguiente: "una copia de los CD a los que se refiere el Artículo 1° del presente acto administrativo".
Artículo 2°: Establézcase que en todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente la resolución exenta N° 1.113, de 2020, de este Ministerio.
Artículo 3°: Archívese copia del presente acto administrativo, conjuntamente con la resolución exenta N° 1.113, de 2020, del Ministerio de Educación.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Jorge Poblete Aedo, Subsecretario de Educación.