MODIFICA EN EL SENTIDO QUE INDICA LA RESOLUCIÓN Nº 1.140 EXENTA (V. Y U.), DE 2020, QUE LLAMA A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011 Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL, PARA OPERACIONES DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDA CONSTRUIDA O PARA LA ASOCIACIÓN O ADSCRIPCIÓN A UNA VIVIENDA DE LA NÓMINA DE OFERTA, EN LAS REGIONES QUE INDICA
Santiago, 23 de septiembre de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.393 exenta.
Visto:
a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
b) La resolución exenta 1.140 (V. y U.), de fecha 27 de julio de 2020, que llama a concurso en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación individual, para operaciones de adquisición de vivienda construida o para la asociación o adscripción a una vivienda de la nómina de oferta, en las regiones que indica, y
Considerando:
1. Que, dada las dificultades en el funcionamiento del sistema informático de soporte para la recepción de postulaciones al concurso realizado mediante la resolución señalada en el Visto b), resulta necesario modificar las fechas del llamado.
2. Los correos electrónicos de fecha 23 de septiembre de 2020, del Jefe de División de Política Habitacional y de la Jefa de División Jurídica, respectivamente, que dan cuenta de su conformidad con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.140 (V. y U.), de fecha 27 de julio de 2020, en el sentido de:
a. Reemplazar en su resuelvo 1., las fechas "22 y 30 de septiembre de 2020" por "25 de septiembre y 7 de octubre de 2020".
b. Reemplazar en el numeral 4.4 de su resuelvo 4. la fecha "21 de octubre de 2020" por "30 de octubre de 2020".
2. Establécese que la resolución exenta Nº 1.140 (V. y U.), del año 2020, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.