MODIFICA DECRETO SUPREMO MOP Nº 1.093, DE 2003, REGLAMENTO DE MONTOS DE CONTRATOS DE OBRAS PÚBLICAS
Núm. 74.- Santiago, 2 de julio de 2020.
Vistos:
Las necesidades del servicio; lo prescrito en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República de Chile; el DFL MOP Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP Nº 206, de 1960; el DS MOP Nº 75, de 2004, que aprueba el Reglamento para Contratos de Obras Públicas; el DS MOP Nº 48, de 1994, que aprueba el Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría; el DS MOP Nº 1.093, de 30 de septiembre de 2003, que aprueba el nuevo Reglamento de Montos de Contratos de Obras Públicas; el DS MOP Nº 242, de 30 de marzo de 2004; el DS MOP Nº 1.136, de 30 de noviembre de 2006; el DS MOP Nº 119, de 13 de febrero de 2009; el DS MOP Nº 223, de 31 de julio de 2009; el DS MOP Nº 151, de 3 de marzo de 2010; el DS MOP Nº 218, de 20 de abril de 2010; y las disposiciones contenidas en la resoluciones Nº 7 y Nº 8, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que se ha detectado la necesidad de que aquellas autoridades involucradas directamente en la ejecución de los contratos regionales, cuenten con las atribuciones suficientes para su modificación, a fin de otorgar mayor eficacia y eficiencia a los trámites administrativos en contratos de obras y consultorías.
Que es necesario racionalizar y agilizar las atribuciones en materia contractual que compete a las autoridades centrales y regionales del MOP.
Que, por razones de buen servicio, el Ministerio de Obras Públicas ha estimado necesario simplificar el tratamiento respecto de las autoridades a quienes corresponde sancionar las modificaciones de contratos regionales.
Decreto:
Artículo primero.- Modifica el DS MOP Nº 1.093, de 2003, en lo que se refiere a los montos de modificación de contratos regionales, indicados en el artículo Nº 2, letra A, 2.4 tabla letra c) "Contratos Regionales", en la siguiente forma:
"c) Contratos Regionales
Autoridades Modificación en UTM
Jefe de Oficina Regional con VºBº Igual o superior a 15.000
de Director General Inferior a 30.000
Jefe de Oficina Regional con VºBº
de Director Nacional Inferior a 15.000
Jefe de Oficina Regional con VºBº Seremi Inferior a 2.500"
Anótese, tómese de razón, publíquese e insértese en la Recopilación oficial de la Contraloría General de la República.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Obras Públicas.- Mariana Concha Mathiesen, Directora General de Obras Públicas.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Cristóbal Leturia Infante, Subsecretario de Obras Públicas.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División de Infraestructura y Regulación
Cursa con alcance el decreto Nº 74, de 2020, del Ministerio de Obras Públicas
Nº E 36.793.- Santiago, 16 de septiembre de 2020.
Esta Contraloría General ha dado curso al acto administrativo de la suma, que modifica el decreto Nº 1.093, de 2003, Reglamento de Montos de Contratos de Obras Públicas, en el entendido que la modificación de que se trata se realiza al artículo 2º, letra A, Nº 2, punto 2.4, letra c), del citado decreto, y haciendo presente que, en lo sucesivo, los reglamentos y decretos del Presidente de la República, deben llevar, además, solo la firma del ministro respectivo.
Saluda atentamente a Ud., Jorge Andrés Bermúdez Soto, Contralor General.
Al señor
Ministro de Obras Públicas
Presente.