1. Modifícase el resuelvo Nº 7, de la resolución exenta Nº 330 (V. y U.), de 2020, citada en el Visto d) en los siguientes sentidos:
1.1 Elimínese de su enunciado la palabra "provincialmente".
1.2 Reemplázase el cuadro señalado por el siguiente:

2. Apruébanse los montos de los recursos asignados para el primer proceso de selección del Llamado nacional en condiciones especiales para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.) de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, dispuesto por resolución exenta Nº 330 (V. y U.) de 2020, y sus modificaciones, conforme al siguiente cuadro:

3. Distribúyanse los recursos asignados en el resuelvo 2, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia Técnica, según la distribución por región, señalada en el siguiente cuadro:

4. Apruébanse las nóminas de grupos seleccionados correspondientes al primer proceso de digitación del Llamado nacional en condiciones especiales para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.) de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, regidas por la ley Nº 19.418. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de esta resolución. Además, fíjase el número de organizaciones postulantes seleccionadas por región, según se indica en la siguiente tabla:

5. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los grupos postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al número 4, de esta resolución, las que deberán contener a lo menos, la comuna, el tipo de proyecto, la identificación del grupo postulante y el puntaje obtenido por éste.