APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS DEL LLAMADO A POSTULACIÓN NACIONAL DEL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 52 (V. Y U.), DE 2013, EFECTUADO POR LA RESOLUCIÓN Nº 366 EXENTA (V. Y U.), DE 2020, CORRESPONDIENTES AL MES DE AGOSTO

    Santiago, 25 de septiembre de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.400 exenta.
     
    Visto:
     
    a) El DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda y en particular su artículo 26;
    b) La resolución exenta Nº 41 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013;
    c) La resolución exenta Nº 366 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones, que llama a postulación nacional del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013;
    d) La resolución exenta Nº 876 (V. y U.), de 2020, que modifica la resolución exenta Nº 366 (V. y U.), de 2020, y aprueba nómina de postulantes seleccionados del llamado a postulación nacional del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, correspondientes al mes de abril;
    e) La resolución exenta Nº 1.193 (V. y U.), de 2020, que aprueba nómina de postulantes seleccionados del llamado a postulación nacional del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, correspondientes al mes de junio, y
     
    Considerando:
     
    a) Que, mediante la resolución exenta Nº 366 señalada en el Visto c) precedente, se llamó a postulación nacional del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, desde el 9 de marzo al 19 de octubre del año 2020, estableciendo la realización de selecciones en los meses de abril, junio, agosto y octubre, con las familias que hubieren efectuado válidamente su postulación y se fija el monto total que se destinará al financiamiento del subsidio;
    b) Que, se ejecutó el proceso de selección con las familias que efectuaron válidamente su postulación hasta el 24 de agosto inclusive, conforme a la distribución regional dispuesta por la resolución exenta Nº 366 citada en el Visto c);
    c) Los correos electrónicos de fechas 16 y 17 de septiembre de 2020, que dan cuenta de la conformidad del Jefe de la División de Política Habitacional y de la Jefa de la División Jurídica, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente:
     
    Resolución:

     
    1. Apruébanse las nóminas de postulantes seleccionados correspondientes al mes de agosto de 2020, del llamado nacional dispuesto en el resuelvo 1º de la resolución exenta Nº 366, de este Ministerio, de 2020, del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, y en particular según lo establecido en su artículo 27, nóminas que se entenderán formar parte integrante de esta resolución, y fíjase en 1.977 el número de postulantes seleccionados de todo el país, los que se distribuyen regionalmente de acuerdo a la siguiente tabla:
     
   
     
    2. El monto de recursos comprometidos en la selección de postulantes que por este acto se aprueba, del total destinado al financiamiento del llamado nacional dispuesto en el resuelvo 1º de la resolución exenta Nº 366, de este Ministerio, del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, es de 336.090 Unidades de Fomento y el remanente para los siguientes seleccionados, es de 342.380 Unidades de Fomento, conforme lo indica en la siguiente tabla:
     
   
     
    3. Publíquese en un periódico de circulación nacional y en el sitio web de este Ministerio, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de postulantes seleccionados conforme al resuelvo 1º de esta resolución, las que deberán contener a lo menos el puntaje y el nombre de cada postulante beneficiado con su respectiva Cédula de Identidad y exhíbanse dichas nóminas en las oficinas de los Serviu.
     
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.