1º Ejecútase el Acuerdo Nº 2 del Consejo Directivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional de la Región de Antofagasta, adoptado en la Sesión Nº 66, celebrada el 26 de agosto de 2020, que aprobó la modificación del instrumento "Fortalecimiento Gremial y Cooperativo".
    2º Modifícase la resolución (E) Nº 38, de 10 de junio de 2016, de la Dirección Ejecutiva Interina del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta, que aprobó el Reglamento para el Instrumento "Fortalecimiento Gremial y Cooperativo", en el sentido de agregar el siguiente párrafo final, en el numeral 5.- "Cofinanciamiento":
     
    "En caso que se declare un Estado de Excepción Constitucional, de emergencia o de catástrofe, en la forma dispuesta en la ley Nº 18.415, Orgánica Constitucional de Estados de Excepción, o se declare zonas afectadas de sismo o catástrofe, en virtud de lo dispuesto en la ley Nº 16.282, sobre Disposiciones Permanentes para Casos de Sismos o Catástrofes, se podrán realizar convocatorias en las que el financiamiento del Comité podrá llegar hasta el 100% del costo total del Proyecto, tanto en la Línea Cooperativas y como en la Línea Asociaciones Empresariales y/o Gremiales -ambas, en cualquiera de sus modalidades-, con los topes indicados en los párrafos precedentes.".
     
    3º En todo lo no modificado por este acto administrativo, manténgase el tenor y alcance del reglamento original ya individualizado.