APRUEBA NÓMINA DE PROYECTOS CALIFICADOS AL 30 DE JUNIO DE 2020, QUE POSTULARON AL LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES DISPUESTO POR LA RESOLUCIÓN Nº 584 EXENTA (V. Y U.), DE 2020 DEL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, Y MODIFICA RESOLUCIONES EXENTAS Nº 584 CITADA Y Nº 1.163 QUE APRUEBA NÓMINA DE PROYECTOS CALIFICADOS AL 28 DE MAYO DE 2020, AMBAS DE VIVIENDA Y URBANISMO DEL AÑO 2020

    Santiago, 28 de septiembre de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.411 exenta.
     
    Vistos:
     
    a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección. de Vivienda;
    b) La resolución exenta Nº 41 (V. y U.), de fecha 9 de enero de 2020 y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011;
    c) La resolución exenta Nº 584 (V. y U.), de fecha 26 de marzo de 2020 y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las regiones que indica;
    d) La resolución exenta Nº 1.163 (V. y U.), de fecha 3 de agosto de 2020, que aprueba nómina de proyectos calificados al 28 de mayo de 2020, que postularon al llamado en condiciones especiales dispuesto por la resolución exenta Nº584 (V. y U.), de 2020, del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, que incluye, entre otros, al proyecto "Nuevo Amanecer de Freire", código 153025, compuesto por 158 personas, de la comuna de Freire, de la Región de la Araucanía;
    e) La resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015 y sus modificaciones, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, y
     
    Considerando:
     
    a) Que, mediante la resolución señalada en el visto c) precedente, se llamó a concurso en condiciones especiales, a las regiones de Coquimbo, Valparaíso, Libertador General Bernardo O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Metropolitana, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de Postulación Colectiva a proyectos de construcción en Nuevos Terrenos, con fechas de cierre los días 30 de abril, 28 de mayo, 30 de junio, 18 de agosto, 30 de septiembre y 3 de diciembre de 2020;
    b) Que, conforme al procedimiento establecido en el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, corresponde aprobar la selección de las postulaciones presentadas hasta el cierre del día 30 de junio, en el llamado a que se convocó mediante la resolución indicada en el visto c) precedente, siendo necesario ajustar los recursos dispuestos en la misma;
    c) Que se ha detectado, en forma posterior a la selección indicada en la resolución del visto d), que al proyecto "Nuevo Amanecer de Freire", código 153025, de la comuna de Freire, de la Región de la Araucanía, no le fue asignado el monto total de fiscalización técnica de obras que le correspondía, omisión que se debió a una falla en la transcripción desde la base de datos al documento final de la selección;
    d) Los correos electrónicos de fechas 25 y 28 de septiembre de 2020 que dan cuenta de la conformidad de los Jefes de División de Política Habitacional y Jurídica, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente,
     
    Resolución:

     
    1. Modificase la resolución exenta Nº 1.163 (V. y U.) de 2020, en el siguiente sentido:
     
    a. Reemplázase en la tabla inserta en su resuelvo 3., su fila Nº 6, por la siguiente:
     
   
     
    b. Reemplázase en la tabla inserta en su Resuelvo 4., su fila Nº 6, por la siguiente:
     
   
     
    c. Reemplázase en la tabla inserta en su resuelvo 5., las filas correspondientes a Araucanía, "Provincia de Cautín excepto comunas de Curarrehue y Melipeuco" y a TOTAL PAÍS, por las siguientes:
     
   
     
    2. Modificase la resolución exenta N° 584 (V. y U.), de fecha 26 de marzo de 2020, en el sentido de reemplazar la tabla inserta en su Resuelvo 2 por la siguiente:
     
   

    3.- Apruébase la nómina de proyectos seleccionados con su respectivo financiamiento total, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda en la alternativa de postulación colectiva, para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, en las Regiones de Valparaíso, Ñuble, Biobío, Los Ríos, Los Lagos y Metropolitana, correspondiente al proceso de selección cuyo cierre de postulación se verificó el día 30 de junio de 2020, del llamado efectuado por resolución exenta Nº 584 (V. y U.), de 2020:
     
   
     
    El detalle de los recursos comprometidos por concepto de subsidio base y subsidios complementarios para cada uno de los proyectos seleccionados en el presente Resuelvo y que por este acto se asignan, se informa en la nómina que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente resolución.
    4. El monto del subsidio asignado de conformidad con el cuadro del resuelvo 3. de esta resolución comprende los siguientes valores por concepto de Servicios de Asistencia Técnica, de Labores de Fiscalización Técnica de Obra y pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces:
     
   
     
    Dichos montos fueron calculados conforme a la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, mencionada en el visto f) de la presente resolución:
     
    i. En el caso de los Servicios de Asistencia Técnica, de acuerdo al número de familias postulantes que se beneficiarán por esta resolución, considerando los recursos para Asistencia Técnica descritos en las tablas insertas en los números 1.1 y 1.2 del numeral 1 del artículo 3º de la citada resolución. Se adiciona además 1 UF por familia, considerando lo señalado en el segundo inciso, del número 1.1. del numeral 1 del citado artículo. Este monto también incorpora los incrementos señalados en las letras a), b), c) y d) del numeral 3 del mismo artículo, referidos a Densificación en Altura o Habilitación, Factibilización, Discapacidad, Territorios Especiales y Localidades Aisladas, conforme lo define la referida resolución;
    ii. En el caso de la Fiscalización Técnica de Obras, de acuerdo a la totalidad de viviendas del proyecto y según mecanismo expresado en el artículo 4º número 17 de la resolución exenta Nº 1.875 ya citada.
     
    Mediante resolución del Director del Serviu respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras e), g), h), i), j) y k) del número 3 de su artículo 3º.
    5.- Los recursos comprometidos en el resuelvo 3. de la presente resolución, para los proyectos seleccionados en el concurso a que se llamó por resolución exenta Nº 584 (V. y U.), de 2020, cuyo cierre de postulación se efectuó el día 30 de junio de 2020, se resumen en el siguiente cuadro para cada región del país, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y las Unidades de Fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras:
     
   
     







NOTA
      El numeral 1 letra a de la Resolución 126 Exenta, Vivienda, publicada el 13.02.2021, modifica la presente norma en el sentido de reemplazar en la tabla inserta, su fila N° 4 por la que indica la citada norma.
NOTA 1
      El numeral 1 letra b de la Resolución 126 Exenta, Vivienda, publicada el 13.02.2021, modifica la presente norma en el sentido de reemplazar en la tabla inserta en el resuelvo 5, filas correspondientes a Ñuble y a Total por las que indica la citada norma.
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.

     
    ANEXO ÚNICO
     
    NÓMINA DE PROYECTOS SELECCIONADOS - LLAMADO EFECTUADO MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA Nº 584 (V. Y U.), DE 2020 - SELECCIÓN CIERRE DEL 30/06/2020
     
   
     


NOTA
      El numeral 1 letra c de la Resolución 126 Exenta, Vivienda, publicada el 13.02.2021, modifica la presente norma en el sentido de reemplazar en la tabla inserta en la fila Nº 4, correspondiente a la Región de Ñuble, proyecto "Nueva Visión", código 152086 por las que indica la citada norma.