OTORGA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA Santiago, 28 de Diciembre de 1990.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 250.- Vistos:
a) La Ley N° 18.168, de 1982, modificada por las Leyes N°s. 18.482, de 1985, 18.591 y 18.681, ambas de 1987, 18.838, de 1989, y por el DFL N° 1, de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
b) El Decreto Ley N° 1.762, de 1977.
c) El artículo 1° de la Ley N° 16.436, de 1966.
d) El N°, letra b) del párrafo II de la Resolución N° 1.050, de 1980, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada.
b) Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones por oficio Ord. N° 35201, de fecha 28.12.90.
Decreto:
1.- Otórgase a la Sociedad Productora de Programas Periodísticos Limitada, R.U.T. N° 79.542.760-0, en adelante la concesionaria, una concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, para la ciudad de Viña del Mar.
2.- Apruébase el proyecto técnico, base de la solicitud, presentado por la concesionaria; la documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
3.- Facúltese a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, cuyas características se indican a continuación:
DEL TRANSMISOR PRINCIPAL _ Frecuencia: 101,1 MHz.
_ Potencia: 1.0 kW.
_ Tipo de Emisión: 180 KF8EHF.
_ Desviación Máxima: + - 75 kHz.
_ Señal Distintiva: XQB-102.
DEL SISTEMA RADIANTE _ Diagrama de Radiación: Omnidireccional.
_ Ganancia: 3,1 dBd.
_ Polarización: Circular.
_ Tipo de Antena: Espira de una y media Vuelta. _ N° de Elementos: 4.
DE LAS INSTALACIONES _ Dirección Estudios y planta transmisora: Los Guindos N° 4, Viña del Mar, V región.
_ Coordenadas: 33° 01'04" Sur; 71°31'12" Oeste.
El Presidente de la República previo informe de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, podrá disponer que la concesionaria modifique estas características por razones de orden técnico, de interés público o en cumplimiento de Acuerdos o Convenios Internacionales obligatorios del Estado.
4.- El período de la presente concesión es de duración indefinida, a contar de la fecha de la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial.
5.- La concesión se otorga sin perjuicio del derecho de terceros, legalmente adquirido y en conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Telecomunicaciones y con sujeción a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.
6.- La construcción de las obras deberá ejecutarse con sujeción estricta al probado y en conformidad a las leyes, reglamentos y ordenanzas pertinentes.
7.- El plazo para iniciar la construcción de las obras, será de los meses y para su terminación de seis meses; asimismo, el plazo para inicar el servicio, será de diez meses. Todos estos plazos se contarán desde la fecha de la total tramitación del presente Decreto.
8.- La concesionaria no podrá iniciar servicios, sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría; para estos efectos deberá solicitar, por carta certificada, que se verifique que dichas obras e instalaciones se encuentren correctamente ejecutadas y corresponden al próyecto aprobado.
9.- Esta concesión se extinguirá, entre otras causales, en caso de modificarse, sin autorización previa, los elementos de su exencia a que se refiere el inciso 1° del artículo 14° de la Ley N° 18.168.
10.- Esta concesión transmisible por causa de muerte y podrá ser transferida, enajenada, arrendada o entregada a terceros a cualquier título, previa autorización del Presidente de la República.
11.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Telecomunicaciones, de sus Reglamentos y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.
Por orden del Presidente de la República.- Víctor Germán Correa Díaz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atenta a Ud.- Roberto Pliscoff Vásquez, Subsecretario de Telecomunicaciones.