Artículo 64º.- La vigencia del ICC será de nueve meses para proyectos PMGD de impacto no significativo, de doce meses para proyectos PMGD que no califiquen como de impacto no significativo con capacidad instalada inferior a 3 MW y de dieciocho meses para el resto de los proyectos PMGD. El señalado plazo se contará a partir de la comunicación de la manifestación de conformidad a que se refiere el Decreto 1,
ENERGÍA
Art. único Nº 63 i y ii
D.O. 13.06.2026artículo 62º del presente reglamento.
ENERGÍA
Art. único Nº 63 i y ii
D.O. 13.06.2026artículo 62º del presente reglamento.
Los ICC de los proyectos PMGD con declaración en construcción vigente de acuerdo con lo señalado en el Capítulo 3 del presente Título, se mantendrán vigentes aun cuando los plazos señalados en el inciso anterior se encuentren vencidos.
Dentro del plazo de vigencia del ICC, el Interesado deberá informar y acreditar ante la Empresa Distribuidora, a más tardar dentro del mes siguiente al vencimiento de cada hito del cronograma vigente de ejecución del proyecto, según lo señalado en el artículo 44º del presente reglamento, el cumplimiento de cada uno de ellos. En caso de que el Interesado no suministre los antecedentes suficientes para acreditar el avance de su proyecto, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1,
ENERGÍA
Art. único Nº 63 iii y iv
D.O. 13.06.2026artículo 65° del presente reglamento, y la normativa vigente, el ICC perderá su vigencia, cuestión que será comunicada por la Empresa Distribuidora al Interesado en un plazo de diez días mediante el medio de comunicación acordado.
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Art. único Nº 63 iii y iv
D.O. 13.06.2026artículo 65° del presente reglamento, y la normativa vigente, el ICC perderá su vigencia, cuestión que será comunicada por la Empresa Distribuidora al Interesado en un plazo de diez días mediante el medio de comunicación acordado.
En todos los casos en que un ICC dejase de estar vigente, el Interesado deberá presentar una nueva SCR. Dentro de los diez días siguientes a la pérdida de vigencia del ICC, la Empresa Distribuidora deberá notificar a los Interesados que pudiesen verse afectados y señalarles las medidas que deberán adoptar.