Artículo 11º transitorio.- A partir de la entrada en vigencia del reglamento aprobado en el Artículo primero del presente decreto, las referencias efectuadas a los artículos 41 y 54 del Decreto Supremo Nº 244, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, contenidas en el Decreto Supremo Nº 2T, de 2020, del Ministerio de Energía, que fija precios de nudo para suministros de electricidad, se entenderán efectuadas al artículo segundo transitorio del presente decreto.