DELEGA FACULTADES

    Extracto de resolución exenta de la XII D.R. Punta Arenas del Servicio de Impuestos Internos N° 698, del 06.10.2020, que delega en Jefe de Unidad Porvenir: contribuyentes pertenecientes segmento personas, micro y pequeñas empresas: practicar liquidaciones casos Art. 24 Código Tributario, solo cuando total impuestos liquidados, incluidos reajustes, no excedan de 400 UTA y, citar conforme Art. 63 inciso segundo Código Tributario y ampliar hasta por un mes plazo de inciso citado. Contribuyentes pertenecientes segmento medianas y grandes empresas jurisdicción Unidad Porvenir, facultades de liquidar en casos Art. 24 Código Tributario y de citar conforme Art. 63 inciso segundo mismo código y ampliar hasta por un mes plazo de citado inciso, serán ejercidas por Jefe Departamento Regional de Fiscalización. Facultad de liquidar en casos Art. 24 Código Tributario, solo podrá ejercerse cuando total de impuestos liquidados, incluidos reajustes, no excedan 400 UTA.
     
    El texto íntegro de este documento está publicado en www.sii.cl.-
   
    Ana María Vargas Cárdenas, Directora Regional XII D.R. Punta Arenas.