Artículo 24º.- Contenidos de la capacitación. La capacitación se denominará "Reanimación cardiopulmonar básica y uso de desfibrilador en caso de emergencia" y tendrá, a lo menos, los siguientes contenidos:
     
    a) Signos y síntomas de paro cardiorrespiratorio.
    b) Cadena de supervivencia y coordinación con los servicios de atención medica que realicen prestaciones de urgencia, sean públicos o privados.
    c) Fibrilación ventricular y taquicardia ventricular sin pulso.
    d) Reanimación cardiopulmonar básica.
    e) Desfibrilación.
    f) Equipo Desfibrilador y su operación.
    g) Ejecución de maniobras de reanimación cardiopulmonar básica.
    h) Uso práctico del desfibrilador.
     
    El Ministerio de Salud desarrollará, mediante el acto administrativo que corresponda, los aspectos técnicos de los contenidos ya señalados para la capacitación a la que se refiere este artículo, el artículo 16 y el artículo 17 del presente reglamento.