DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN Nº 361 EXENTA, DE 2020 Y FIJA NUEVO AVALÚO POR GRAMO DE ORO LEY DE FINO 18 KTES. PARA LOS CRÉDITOS DEL RUBRO ALHAJAS POR EL PERIODO QUE SE INDICA
Núm. 384 exenta.- Santiago, 16 de octubre de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL Nº 16 de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo y las resoluciones Nº 6 y Nº 7 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. La resolución exenta Nº 361 de fecha 25 de septiembre de 2020 que "Deja sin efecto la resolución exenta Nº 328/2020 y extiende la vigencia de nuevo avalúo por gramo de oro ley de fino 18 ktes. para los créditos del rubro alhajas".
2. Que, el Departamento de Tasaciones en su informe técnico de fecha 8 de octubre de 2020, estableció el monto máximo de avalúo por gramo de metal noble ley de fino oro 18 ktes., que debe ser considerado en el cálculo de los préstamos con garantía prendaria.
3. Certificado de disponibilidad presupuestaria del Departamento de Contabilidad de fecha 8 de octubre de 2020, en el cual indica contar con la disponibilidad para financiar promoción del gramo de oro desde el día 19 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2020, para las Unidades de Crédito del país.
4. Que, existiendo las disponibilidades presupuestarias y atendiendo a las necesidades de nuestros usuarios, es posible mejorar la calidad del préstamo otorgado sobre las garantías prendarias del rubro alhajas, para lo cual se requiere modificar la tabla de valores actualmente en uso del gramo de oro de 18 ktes., utilizado en el cálculo de los créditos con prenda civil.
5. El oficio ordinario Gesdoc Nº 8441 del 28.11.2011 del Departamento Jurídico que sostiene la Autonomía del Servicio en la fijación del valor del gramo de oro en virtud de los argumentos que en dicho documento se exponen, y
6. Las facultades entregadas al Director General del Servicio, según lo dispuesto en el DFL Nº 16 de 1986 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, especialmente lo establecido en el artículo 10, letra I), y
Resuelvo:
1. Déjase sin efecto, en todas sus partes resolución exenta Nº 361 de fecha 25 de septiembre de 2020 que "Deja sin efecto la resolución exenta Nº 328/2020 y extiende la vigencia del nuevo avalúo por gramo de oro ley de fino 18 ktes. para los créditos del rubro alhajas".
2. Fíjese nuevo avalúo por el gramo de metales nobles Ley de Fino oro 18 ktes., utilizando en el cálculo de los préstamos con garantía prendaria del rubro alhajas conforme a la siguiente tabla y las siguientes condiciones:
(a) A contar del 19 de octubre de 2020 y hasta el 30 de noviembre de 2020:

(b) A contar del 1 de diciembre de 2020 y hasta que el Director General de Dicrep lo disponga:

3. Establécese, que será responsabilidad de los Administradores de las Unidades de Crédito la difusión de lo resuelto en los numerales precedentes entre el personal a su cargo, como así también será responsabilidad del Sub-departamento de Informática y del Departamento de Crédito realizar, en la fecha indicada en el numeral precedente, los ajustes que correspondan al Sistema OCP para la adecuada aplicación de las instrucciones impartidas en el presente documento.
4. Impútese el monto máximo que represente el cumplimiento de la presente resolución, al presupuesto vigente al Subtítulo 32, Ítem 03, asignación 001 Préstamos Sobre Alhajas.
5. Publíquese en el Diario Oficial de conformidad a lo dispuesto en el artículo 48 letra a) de la ley 19.880 sobre procedimientos administrativos, siendo responsabilidad del Departamento Administrativo el dar cumplimiento a esta obligación.
6. Déjase sin efecto toda disposición contraria a la presente resolución.
Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- Jon Andoni Elorrieta Abásolo, Director General, Dirección General del Crédito Prendario.