APRUEBA PROGRAMA DE EXPROPIACIONES DE TERRENOS DESTINADOS A LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO LEGADO HABITACIONAL "CONSTRUCCIÓN PROYECTO URBANO HABITACIONAL DE REGENERACIÓN DE ÁREAS CENTRALES-TALCA", EN LA COMUNA DE TALCA, DE LA REGIÓN DEL MAULE
    Santiago, 15 de octubre de 2020.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 49 exento.
     
    Visto:
     
    El artículo 51 de la ley Nº 16.391; el Nº 1.9 de la parte I del artículo 1º del DS Nº 153 (V. y U.), de 1983; el oficio ordinario Nº 2837, del 28 de agosto de 2020, del Director (S) Serviu de la Región del Maule, mediante el cual solicita se dicte el decreto supremo que apruebe la expropiación de los inmuebles para el Proyecto Legado Habitacional "Construcción Proyecto Urbano Habitacional de Regeneración de Áreas Centrales-Talca"; el informe técnico Nº 70, del 28 de agosto de 2020, del Jefe (S) del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Maule, complementado por correo electrónico de fecha 7 de octubre de 2020 del Encargado de la Unidad de Gestión de Suelos del Serviu de la Región del Maule;
    Considerando:
     
    1. Que, por medio del oficio del Director (S) del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Maule, citado en los vistos de este decreto, se solicitó a esta Cartera de Estado la elaboración del decreto que aprueba la expropiación de los inmuebles para el Proyecto Legado Habitacional "Construcción Proyecto Urbano Habitacional de Regeneración de Áreas Centrales-Talca", código BIP 40024514-0, ubicados en el siniestrado Conjunto Habitacional Costanera de la comuna de Talca, de la Región del Maule. Los inmuebles a expropiar corresponden a 20 departamentos, 14 locales comerciales y 1 bodega, distribuidos en tres edificios residenciales-comerciales construidos por Corvi durante el año 1953 bajo la Ley de Pisos, los cuales fueron severamente dañados en el terremoto del 27 de febrero de 2010, lo que corresponde a una superficie aproximada de 1.883,5 m. La iniciativa presentada por Serviu Región del Maule propone el desarrollo de un Proyecto de Regeneración, Reconstrucción y Legado Habitacional para el sector Abate Molina y la ciudad de Talca, enmarcado en el Plan de Regeneración de Áreas Centrales, el que se materializará mediante el desarrollo de tres nuevas edificaciones de 5 a 6 pisos con uso mixto, comercial en el primer piso y habitacional en pisos superiores, lo que permitirá conservar las actividades del barrio y de las personas vinculadas a este tipo de comercio.2
    2. Que, mediante el informe técnico citado en los vistos del Jefe (S) del Departamento de Desarrollo Urbano e infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Maule, en adelante e indistintamente "Seremi", y complementado por correo electrónico de fecha 7 de octubre de 2020 del Serviu de la Región del Maule, se informó favorablemente la expropiación con fines de utilidad pública, de todos los inmuebles que se singularizarán a continuación, razón por la que dicto el siguiente,

    Decreto:

     
    1. Apruébase el programa de expropiaciones para la implementación del Proyecto Legado Habitacional "Construcción Proyecto Urbano Habitacional de Regeneración de Áreas Centrales-Talca", en la comuna de Talca, de la Región del Maule, código BIP 40024514-0, cuyos inmuebles serán destinados al Proyecto de Regeneración, Reconstrucción y Legado Habitacional para el sector Abate Molina y la ciudad de Talca, enmarcado en el Plan de Regeneración de Áreas Centrales, según el "Plano de expropiación 35 departamentos Población Costanera", elaborado en mayo de 2020 por el Serviu de la Región del Maule, a escala 1/500, referido a los inmuebles que se indican a continuación:
     
    La superficie aproximada a expropiar de acuerdo al informe técnico Nº 70, del 28 de agosto de 2020, del Jefe (S) del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Maule es de 1.883,5 m2.
    2. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial y en un periódico de la provincia de Talca, si lo hubiere.
     
    Anótese, notifíquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.