OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA ANMAX TELECOM SpA
     
    Santiago, 23 de diciembre de 2019.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 265.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 98.026, de 18.07.2019, complementado por ingreso Subtel Nº 115.534, de 28.08.2019.
    b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
     
    Decreto:

     
    Otórgase una concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Anmax Telecom SpA, RUT Nº 76.910.763-0, con domicilio en Nueva General Carvajal Nº1105, comuna de El Bosque, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
     
    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar:
     
    1.1 Tendidos de Fibra Óptica punto a punto, según se indica a continuación:
     
   
     
    1.2 Características técnicas Nodos Ópticos, según se indica a continuación:
     
   
     
    1.3 Tendidos de Fibra Óptica FTTH (Fiber To The Home), según se indica a continuación:
     
   
     
   
     
    2. Ubicación de los Nodos Ópticos y puntos de zonas FTTH, para la Región Metropolitana de Santiago y del Libertador General Bernardo O'Higgins:
     
   
     
   
     
    Las interconexiones a las redes públicas existentes serán a través de medios propios o arrendados a terceros debidamente autorizados.
    3. La Zona de servicio comprende las comunas de San Bernardo, El Bosque, La Florida y Buin, todas de la Región Metropolitana de Santiago, y las comunas de Doñihue y Rancagua, ambas de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
    4. El período de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
    5. Los plazos serán los que se indican a continuación:
     
   
     
    6. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    7. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.