En conformidad a los decretos supremos Nºs. 121 de 1967 y 808 de 1969 (V. y U.), fíjanse los siguientes valores, por el período que se indica:

    a) Valor Provisional de la Cuota de Ahorro en $1.701,79 (un mil setecientos un pesos y setenta y nueve centavos).
    Período de vigencia: 11 de noviembre de 2020 al 10 de diciembre de 2020.

    b) Valor Provisional de la Unidad Reajustable en $179,40 (ciento setenta y nueve pesos y cuarenta centavos).
    Período de vigencia: 1 de noviembre de 2020 al 30 de noviembre de 2020.