MODIFICA ESTRUCTURA TARIFARIA QUE INDICA
Núm. 2.419 exenta.- Santiago, 22 de octubre de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en los decretos con fuerza de ley Nº 279, de 1960, y Nº 343, de 1953, ambos del Ministerio de Hacienda; el decreto ley Nº 557, de 1974; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 20.378, que crea un Subsidio Nacional para el Transporte Público Remunerado de Pasajeros; la resolución Nº 35, de 2009, modificada por las resoluciones exentas Nº 1.514, Nº 1.866 y Nº 1.867, de 2010, Nº 69, de 2011, Nº 297, de 2016, y Nº 611, Nº 2.086, Nº 2.215, de 2017, Nº 2.722, de 2019, y Nº 1.196, de 2020, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los oficios GM Nº 499-4808 y Nº 500-4833, de 2020, ambos de la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones; el oficio Ord. Nº 2465, de 2020, del Ministro de Hacienda; las resoluciones Nº 7 y Nº 8, de 2019, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa aplicable.
Considerando:
1º. Que, la resolución Nº 35, de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones, establece la estructura tarifaria para el Sistema de Transporte Público para la Provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto.
2º. Que, de conformidad a lo establecido en el inciso 5º del artículo 15 de la ley Nº 20.378, y sin perjuicio de las atribuciones del Panel de Expertos, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá modificar la estructura tarifaria fundadamente, siempre que la modificación no reduzca los ingresos totales del Sistema.
3º. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 de la Constitución Política de la República, el próximo 25 de octubre de 2020 se realizará un Plebiscito Nacional, instancia para la cual el Gobierno ha dispuesto, como medida tendiente a promover la participación ciudadana, la gratuidad en servicios de transporte público prestados por Metro, Efe y sus filiales.
4º. Que, mediante el oficio GM Nº 499-4808, complementado por el oficio Nº 500-4833, ambos citados en el Visto, se solicitó al Ministerio de Hacienda la asignación de recursos adicionales con el fin de disponer durante el día 25 de octubre de 2020 la gratuidad del transporte público, específicamente en la red del Metro de Santiago y en los servicios provistos por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y sus filiales.
5º. Que, por oficio Ord. Nº 2465, citado en el Visto, el Ministerio de Hacienda informó su conformidad respecto de la realización de las acciones tendientes a la materialización de la medida en cuestión y de la compensación de los efectos financieros que ella genere en las empresas prestadoras de servicios de transportes aludidas.
6º. Que, en relación con lo expuesto anteriormente, y habiendo realizado los análisis pertinentes, corresponde efectuar una modificación de la estructura tarifaria del Sistema de Transporte Público de la provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto, agregando las categorías "Tarifa Metro Plebiscito 25 de octubre de 2020" y "Tarifa Trenes Plebiscito 25 de octubre de 2020", lo que permitirá otorgar a la ciudadanía transporte público gratuito en los viajes en toda la red del Metro de Santiago y en el tramo Alameda-Nos del servicio de trenes operado por Trenes Metropolitanos S.A., el día 25 de octubre de 2020.
7º. Que, de conformidad con el artículo 7 de la ley Nº 20.378, cualquier modificación de los procedimientos de determinación de rebajas tarifarias del transporte público remunerado de pasajeros deberá contar con la autorización previa del Ministro de Hacienda, la que se otorga por este mismo acto.
Resuelvo:
1º. Modifícase la estructura tarifaria contenida en la tabla de tarifas de servicios puros, consignada en el literal a) del resuelvo 1º de la resolución Nº 35, de 2009, modificada por las resoluciones exentas Nº 1.514, Nº 1.866 y Nº 1.867, de 2010, Nº 69, de 2011, Nº 297, de 2016, y Nº 611, Nº 2.086, Nº 2.215, de 2017, Nº 2.722, de 2019, y Nº 1.196, de 2020, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para el Sistema de Transporte Público de la provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto, agregando lo siguiente:
Tarifa Metro Plebiscito 25 de octubre de 2020$0
Tarifa Trenes Plebiscito 25 de octubre de 2020$0
En todo lo no modificado, se mantendrá vigente la resolución exenta Nº 35, de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones, cuyo texto vigente de la estructura tarifaria consta en las resoluciones exentas Nº 2.722, de 2019, y Nº 1.196, de 2020, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
2º. Instrúyase, a los correspondientes prestadores de servicios complementarios, la implementación de la modificación de estructura tarifaria que por este acto se ordena, para ser aplicada el 25 de octubre del presente año en el Metro de Santiago y en el tramo Alameda-Nos del servicio de trenes operado por Trenes Metropolitanos S.A.
Anótese, publíquese y notifíquese.- Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.- Ignacio Briones Rojas, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., José Luis Domínguez Covarrubias, Subsecretario de Transportes.