MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.534 EXENTA, DE 2008, DE LA SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES, Y ACLARA TRANSCRIPCIÓN

    Santiago, 3 de noviembre de 2020.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
    Núm. 2.074 exenta.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley;
    c) El decreto supremo Nº 747, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Plan Técnico Fundamental de Numeración Telefónica, y sus modificaciones;
    d) La resolución exenta Nº 1.534, de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que estableció Numeración para Servicios de Emergencia y Procedimiento de Asignación correspondiente, y sus modificaciones posteriores;
    e) La resolución exenta Nº 1.841, dictada con fecha 10 de octubre de 2020 por la Subsecretaría de Telecomunicaciones y publicada en el Diario Oficial el 22 de octubre de 2020, que autorizó números de emergencia para municipalidades de Coronel, Puente Alto y San Clemente;
    f) La ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado;
    g) La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
     
    Considerando:
     
    a) Que, mediante la resolución citada en el literal d) de los vistos, esta Subsecretaría asignó numeraciones telefónicas especiales para los servicios de emergencia que ella indica y, adicionalmente, reguló el procedimiento para la asignación de nuevas numeraciones en lo sucesivo;
    b) Que, por la resolución citada en el literal e) de los vistos, se modificó la resolución antes citada en el sentido de incorporar nuevos servicios de emergencia para las comunas de Coronel, Puente Alto y San Clemente, no obstante, se incurrió en un error material respecto de la comuna que corresponde al servicio asociado a la numeración telefónica 1489;
    c) Que, conforme el artículo 62 de la ley Nº 19.880, la autoridad administrativa que hubiere dictado una decisión podrá obrar de oficio para rectificar los errores puramente materiales que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo.
     
    Resuelvo:

     
    1º Rectifícase la resolución exenta Nº 1.534, de 2008, en el sentido de reemplazar la comuna de "Puente Alto", indicada para el servicio de emergencia asociado a la numeración 1489, por la comuna de "San Clemente".     

    2º Aclárase que, por un error de transcripción, la resolución exenta Nº 1.841, de 10 de octubre de 2020, de esta Subsecretaría, fue publicada en el Diario Oficial con fecha 22 de octubre de 2020 como resolución exenta Nº 1.481, de 2020.
    Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Pamela Gidi Masías, Subsecretaria de Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Adolfo Oliva Torres, Jefe División Política Regulatoria y Estudios.