DIFUNDE CONSULTA PÚBLICA REGLAMENTO DE LEY N° 21.258, QUE CREA LA LEY NACIONAL DEL CÁNCER QUE RINDE HOMENAJE PÓSTUMO AL DR. CLAUDIO MORA

    Núm. 965 exenta.- Santiago, 12 de noviembre de 2020.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el artículo 4 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en artículos 5, 6 y 27 del decreto supremo Nº 136, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento orgánico de dicha Cartera de Estado; en la ley Nº 21.258, que crea la Ley Nacional del Cáncer, que rinde homenaje póstumo al doctor Claudio Mora; en la ley Nº 20.500 sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública, y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
     
    Considerando:
     
    1. Que, al Ministerio de Salud le compete ejercer la función que corresponde al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección, recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma; así como coordinar, controlar y, cuando corresponda, ejecutar las acciones.
    2. Que, el 2 de septiembre de 2020 fue publicada en el Diario Oficial la ley N° 21.258, que "crea la Ley Nacional del Cáncer, que rinde homenaje póstumo al doctor Claudio Mora".
    3. Que, la ley N° 21.258 mandata a esta Cartera de Estado a dictar una serie de reglamentos para su mejor ejecución.
    4. Que, el Ministerio de Salud ha priorizado al cáncer como un problema relevante de salud pública en el país, realizando esfuerzos organizados y sostenidos que abarcan desde la prevención hasta los cuidados paliativos.
    5. Que, el Estado reconoce a las personas el derecho de participar en sus políticas, planes, programas y acciones.
    6. Que, atendida la importancia de la materia, esta Cartera de Estado ha considerado relevante someter a consulta pública, previo a su aprobación, la propuesta de reglamento de la Ley Nacional del Cáncer.
    7. Que, por lo anteriormente señalado, dicto la siguiente:
     
    Resolución:

     
    1. Dispóngase la consulta pública sobre la propuesta de Reglamento de la Ley Nacional del Cáncer, la que se extenderá hasta una semana después de publicada esta resolución en el Diario Oficial.
    2. El texto de la propuesta de Reglamento de la Ley Nacional del Cáncer está disponible en el sitio electrónico https://www.minsal.cl/consultas-publicas-vigentes/.
    3. Difúndase la presente resolución, de modo que puedan participar y aportar la mayor cantidad de interesados.
     
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Paula Daza Narbona, Subsecretaria de Salud Pública.
    Transcribo para su conocimiento resolución exenta Nº 965, de 12 de noviembre de 2020.- Por orden de la Subsecretaria de Salud Pública, saluda atentamente a Ud., Jorge Hübner Garretón, Jefe División Jurídica, Ministerio de Salud.