MODIFICA EL DECRETO N° 32 EXENTO DE V. Y U., DE 2020, QUE APRUEBA PROGRAMA DE EXPROPIACIONES EN LA REGIÓN DE LOS RÍOS DE INMUEBLES UBICADOS EN LA COMUNA DE VALDIVIA, DESTINADOS A LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO "HABILITACIÓN CABEZAL PONIENTE PUENTE SEGUNDO ACCESO VALDIVIA ISLA TEJA", COMUNA DE VALDIVIA
    Santiago, 12 de noviembre de 2020.- Hoy se decretó lo que sigue: 
    Núm. 63 exento.           
     
    Visto:
     
    1.- El artículo 51 de la ley N° 16.391; el N° 1.9 de la parte I del artículo 1° del DS N° 153 (V. y U.), de 1983.
    2.- El reporte ficha IDI proceso presupuestario 2020 Postula a Ejecución Proyecto 40005773-0 Habilitación Cabezal Poniente Puente Segundo Acceso Valdivia Isla Teja, que no indica la admisibilidad, ni la fecha de ingreso y de postulación al Sistema Nacional de Inversiones (SIN).
    3.- El reporte ficha IDI proceso presupuestario 2020 Postula a Ejecución iniciativa de inversión Tipología Proyecto, Código BIP 30100931-0 Construcción 2° Puente de Acceso Valdivia Centro Isla Teja; fecha de postulación al SIN 4 de agosto de 2020, admitido, cuya fecha de ingreso al SIN corresponde al 11 de agosto de 2020.
    4.- El decreto exento N° 32 de V. y U., 13 de agosto de 2020, que aprueba el programa de expropiaciones en la Región de Los Ríos de inmuebles ubicados en la comuna de Valdivia, destinados a la ejecución del proyecto "Habilitación Cabezal Poniente Puente Segundo Acceso Valdivia Isla Teja", comuna de Valdivia.
    5.- El Ord. N° de 1753, de 1 de octubre de 2020, del Director del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Ríos, donde solicita la modificación del decreto señalado en el Visto 4.
     
    Considerando:
     
    Que por oficio señalado en el Visto 5 precedente, el Director del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Ríos, ha solicitado se modifique el decreto exento N° 32, de fecha 13 de agosto de 2020, que aprueba el programa de expropiación en la Región de Los Ríos de inmuebles ubicados en la comuna de Valdivia, destinados a la ejecución del Proyecto Habilitación Cabezal Poniente Puente Segundo Acceso Valdivia Isla Teja, en lo referente a la iniciativa de inversión indicada en el citado documento, ya que la iniciativa a la cual se le imputarán los gastos asociados a las expropiaciones corresponde a la Construcción 2° Puente de Acceso Valdivia Centro - Isla Teja, Ficha IDI N° 30100931-0 y no a la Habilitación Cabezal Poniente Puente Segundo Acceso Valdivia Isla Teja, Ficha IDI N° 40005773-0, ya que se definió presentar al Sistema Nacional de Inversiones (SIN) una sola iniciativa de inversión para las distintas asignaciones presupuestarias necesarias para la ejecución de las obras que permitirán la conectividad entre Valdivia Centro e Isla Teja.
     
    Decreto:

     
    1°.- Modifícase el decreto exento N° 32 de V. y U., de 2020, que aprueba el programa de expropiaciones en la Región de Los Ríos de inmuebles ubicados en la comuna de Valdivia, destinados a la ejecución del proyecto "Habilitación Cabezal Poniente Puente Segundo Acceso Valdivia Isla Teja", comuna de Valdivia, en el siguiente sentido:

    a) Sustitúyese en su enunciado la denominación del proyecto "Habilitación Cabezal Poniente Puente Segundo Acceso Valdivia Isla Teja", por "Construcción 2° Puente de Acceso Valdivia Centro - Isla Teja".
    b) Reemplázase en su Resuelvo 1° la frase "Habilitación Cabezal Poniente Puente Segundo Acceso Valdivia Isla Teja, Ficha IDI N° 40005773-0, por "Construcción 2° Puente de Acceso Valdivia Centro - Isla Teja, Ficha IDI N° 30100931-0".
     
    2°.- La presente modificación de decreto se publicará en el Diario Oficial y en un periódico de la provincia de Valdivia si lo hubiere.
     

    Anótese, notifíquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Felipe Andrés Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.