APRUEBA PROGRAMA DE EXPROPIACIONES DE TERRENOS DESTINADOS A LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO "MEJORAMIENTO CONEXIÓN SECTOR DIEGO DE ALMAGRO CON EL PALOMAR, COPIAPÓ", EN LA COMUNA DE COPIAPÓ, DE LA REGIÓN DE ATACAMA
    Santiago, 12 de noviembre de 2020.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 65 exento.
     
    Visto: 
     
    a) El artículo 51 de la ley N° 16.391; el N° 1.9 de la parte I del artículo 1° del DS N° 153 (V. y U.), de 1983;
    b) La resolución exenta N° 14.464 (V. y U.), de 2017, que establece criterios y procedimientos para la adquisición, administración y enajenación de inmuebles de propiedad Serviu;
    c) El oficio ordinario N° 151, del 13 de octubre de 2020, del Director Serviu de la Región de Atacama, mediante el cual solicita se dicte el decreto supremo que apruebe la expropiación de los inmuebles para el Proyecto "Mejoramiento Conexión Sector Diego de Almagro con El Palomar, Copiapó";
    d) El informe técnico de expropiación N° 1/2020, complementado mediante correos electrónicos de fecha 27 y 28 de octubre de 2020, de la Jefa del Departamento de Desarrollo Urbano de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Atacama;
    e) Los Planos de Expropiación para el Proyecto "Mejoramiento Conexión Sector Diego de Almagro con El Palomar" referidos a la Etapa 1, Etapa 2 y Etapa 3, elaborados por el Serviu de la Región de Atacama con fecha octubre de 2020;
    f) El Ord. N° 950, de 20 de octubre de 2020, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, que solicita se dicte el decreto supremo que apruebe la expropiación de los referidos inmuebles, y
    g) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República;
     
    Considerando:
     
    1. Que, por medio del oficio del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Atacama, citado en el Visto c) de este decreto, se solicitó a esta Cartera de Estado la elaboración del decreto que aprueba el Programa de Expropiaciones de terrenos que se destinarán a la implementación del Proyecto "Mejoramiento Conexión Sector Diego de Almagro con El Palomar, Copiapó", en la comuna de Copiapó, de la Región de Atacama, cuyas áreas a expropiar tienen una superficie aproximada de 34.416,78 m de terreno, que incluye la superficie aproximada de aquellos lotes que corresponden a bien nacional de uso público y 3.068,8 m2 de edificación. En particular, los terrenos a expropiar se destinarán al mejoramiento del eje vial Diego de Almagro, desde Av. La Producción, en el Sector El Palomar, hasta Av. Copayapu en el sector oriente de la ciudad de Copiapó, e incluye la construcción de un puente sobre el lecho del Río Copiapó de 60 metros de largo y 25 metros de ancho.
    2. Que, mediante el informe técnico y correos electrónicos citados en el Visto d) del presente decreto, todos de la Jefa del Departamento de Desarrollo Urbano e infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Atacama, se informó favorablemente la expropiación con fines de utilidad pública, de todos los inmuebles que se singularizarán a continuación.
    3. Que, mediante el correo electrónico de fecha 29 de octubre de 2020, se da cuenta de la conformidad de la Jefa de División Jurídica con el tenor del presente acto administrativo razón por la que dicto el siguiente,
     
    Decreto:

     
    1. Apruébase el programa de expropiaciones para la implementación del proyecto denominado "Mejoramiento Conexión Sector Diego de Almagro con El Palomar, Copiapó", en la comuna de Copiapó, de la Región de Atacama, cuyos terrenos serán destinados al mejoramiento del eje vial Diego de Almagro, desde Av. La Producción, en el Sector El Palomar, hasta Av. Copayapu en el sector oriente de la ciudad de Copiapó, e incluye la construcción de un puente sobre el lecho del Río Copiapó de 60 metros de largo y 25 metros de ancho, Código BIP 30071218-0, según los planos de expropiación citados en el Visto e), referido a los inmuebles ubicados en la comuna de Copiapó, que se indican a continuación:
     
   
     
   
     
    2. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial y en un periódico de la provincia de Copiapó, si lo hubiere.
     






NOTA
      El numeral 1 del Decreto 8 Exento, Vivienda, publicado el 08.03.2022, complementa la presente norma en el sentido de incorporar el inmueble cuyos datos se especifican en la citada norma.
NOTA 1
      Los numerales 1 y 2 del Decreto 46 Exento, Vivienda, publicado el 14.12.2023, modifican, respectivamente, el programa de expropiaciones de terrenos destinados a la implementación del Proyecto aprobado por la presente norma, en el sentido de incorporar el inmueble cuyos datos se especifican en la citada norma; y reemplaza en el Nº 1 del presente decreto exento, la superficie aproximada total a expropiar señalada, por la de 36.832,4 m2.
    Anótese, notifíquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Uranismo.