COMPLEMENTA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS, APROBADA POR RESOLUCIÓN N° 1.495 EXENTA (V. Y U.), DE 2020, CORRESPONDIENTES AL LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES, DEL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL D.S. N° 52 (V. Y U.), DE 2013, EFECTUADO POR LA RESOLUCIÓN N° 1.090 EXENTA (V. Y U.), DE 2020

    Santiago, 12 de noviembre de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.628 exenta.
     
    Vistos:
     
    a) El DS N° 52 (V. y U.), de 2013, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda y en particular su artículo 26;
    b) La resolución exenta N° 41 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013;
    c) La resolución exenta N° 1.090 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones, que llama a postulación en condiciones especiales del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013;
    d) La resolución exenta N° 1.495 (V. y U.), de 2020, que aprueba nómina de postulantes seleccionados del llamado a postulación en condiciones especiales del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013, efectuado por la resolución exenta N° 1.090 (V. y U.), de 2020, correspondientes al Tercer Proceso de Selección, y
     
    Considerando:
     
    a) Que, mediante la resolución exenta N° 1.090, señalada en el Visto c) precedente, se llamó a postulación en condiciones especiales del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, desde la fecha de la publicación de dicha resolución hasta el 24 de septiembre del año 2020, en virtud de la cual se deben realizar tres procesos de selección y se fija el monto total que se destinará al financiamiento del subsidio.
    b) Que mediante la resolución señalada en el Visto d) se aprobó la Nómina correspondiente al Tercer Proceso de Selección realizado de conformidad a la resolución citada en el considerando precedente.
    c) Que hubo solicitudes de postulación que ingresaron dentro del periodo antes indicado, las que no pudieron ser revisadas por los Serviu antes del cumplimiento del plazo señalado en el considerando a) precedente.
    d) Que, se ejecutó un nuevo proceso de selección con las personas no seleccionadas y que ingresaron sus solicitudes de postulación hasta el 24 de septiembre de 2020.
    e) Los correos electrónicos de fechas 29 y 30 de octubre de 2020, que dan cuenta de la conformidad del Jefe de la División de Política Habitacional y de la Jefa de la División Jurídica, con el tenor del presente acto administrativo, por lo que dicto la siguiente:
     
    Resolución:

     
    1. Compleméntase la nómina de postulantes seleccionados que fue aprobada en el resuelvo 1° de la resolución exenta N° 1.495 (V. y U.), de 2020, correspondientes al llamado en condiciones especiales dispuesto en el resuelvo 1° de la resolución exenta N° 1.090, de este Ministerio, de 2020, del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013, en particular según lo establecido en su artículo 27, nómina que se entenderá formar parte integrante de dicha resolución, y fíjase en Resolución 1902 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1, 1.1.1
D.O. 04.01.2021
6.285 el número de nuevos postulantes seleccionados de todo el país, los que se distribuyen regionalmente de acuerdo a la siguiente tabla:
     
    .
     
    2. El monto de recursos comprometidos en la selección de postulantes que por este acto se aprueba, del total destinado al financiamiento del llamado en condiciones especiales dispuesto en el resuelvo 1° de la resolución exenta N° 1.090, de este Ministerio, del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, es de Resolución 1902 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1, 1.1.2
D.O. 04.01.2021
131.150,38.- Unidades de Fomento, quedando un remanente de 384.620,73 Unidades de Fomento, conforme lo indica en la siguiente tabla:
     
    .
     
    3. Publíquese en un periódico de circulación nacional y en el sitio web de este Ministerio, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de postulantes seleccionados conforme al resuelvo 1° de esta resolución, las que deberán contener a lo menos el puntaje y el nombre de cada postulante beneficiado, con su respectiva Cédula de Identidad, y exhíbanse dichas nóminas en las oficinas de los Serviu.
     

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.