1. Modifícase la resolución exenta N° 330 (V. y U.), de 20 de febrero de 2020, en el siguiente sentido:
     
    1.1 Reemplázase en el cuadro correspondiente a los plazos de la tercera selección señalado en el Resuelvo N° 6, las fechas correspondientes a los siguientes Hitos del proceso:
     
    "Revisión y Calificación de los proyectos" la fecha "20-11-2020" por "30-11-2020".
    "Selección de beneficiarios" el texto "Desde 23-11-2020" por "Desde 01-12-2020".
     
    1.2 Reemplázase en el cuadro insertado en el Resuelvo N° 7, el monto de recursos asignado a la región de "Aysén Gral. Carlos Ibáñez del C.", de "11.500,00" por"13.500,00", y el monto "Total", de "1.192.830" por "1.194.830,00".
    1.3 Reemplázase en el Resuelvo 8, la frase "el que deberá ser enterado hasta 45 días corridos desde la fecha de selección" por "el que deberá ser presentado a Serviu antes del inicio de Obras."
    1.4 Incorpórase a continuación del punto final del Resuelvo N°11, el siguiente texto:
     
    "Este requerimiento no aplica cuando las Edificaciones Comunitarias sean construidas en terrenos Serviu o en Bienes Nacionales de Uso Público".
     
    2. Exímese a todos los proyectos que postulen al tercer proceso de selección del llamado dispuesto por la resolución exenta N° 330 (V. y U.), de fecha 20 de febrero de 2020 y sus modificaciones, de la exigencia de cumplir con lo señalado en los números 1.2.2 y 1.2.3 de la resolución exenta N° 2.166 del 17 de septiembre de 2019.
    3. Apruébanse los montos de los recursos asignados para el segundo proceso de selección del Llamado nacional en condiciones especiales para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.) de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, dispuesto por resolución exenta N° 330 (V. y U.) de 2020, y sus modificaciones, conforme al siguiente cuadro:
     
    .
     
    4. Distribúyanse por región los recursos asignados en el Resuelvo 3, destinados al financiamiento de los subsidios y al pago de los Servicios de Asistencia Técnica, según se señala en el siguiente cuadro:
     
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    5. Apruébanse las nóminas de grupos seleccionados correspondientes al segundo proceso de selección del Llamado nacional en condiciones especiales para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.) de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, regidas por la ley N° 19.418. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de esta resolución. Además, fíjase el número de organizaciones postulantes seleccionadas por región, según se indica en la siguiente tabla:
     
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    6. Publíquese en un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los grupos postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al número 4. de esta resolución, las que deberán contener a lo menos, la comuna, el tipo de proyecto, la identificación del grupo postulante y el puntaje obtenido por éste.