PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS POR RUTAS QUE SEÑALA EN LOS DÍAS Y HORARIOS QUE INDICA

    Núm. 1.814 exenta.- Valparaíso, 4 de diciembre de 2020.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en la ley Nº 18.059; en los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.290, de Tránsito; la resolución Nº 59, de 1985, y la resolución Nº 39, de 1992, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Ord. Nº 231, de 3 de diciembre de 2020, de la Subsecretaría de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y demás normativa aplicable.
     
    Considerando:
     
    1. Que, mediante Ord. Nº 231, de 3 de diciembre de 2020, del Subsecretario de Obras Públicas, se solicita autorización a esta Secretaría Regional para realizar cortes y desvíos para el tránsito de vehículos en la Ruta 68, en las fechas y horarios que indica, con motivo de la celebración de la Inmaculada Concepción 2020, "Peregrinación de Lo Vásquez" en señalada ruta; todo ello en el marco del plan de contingencia, que considera restricciones de movilidad por la pandemia de Covid-19. Adicionalmente, se solicita aplicar restricción de circulación de buses y camiones en las cuestas que indica.
    2. Que, resulta conveniente otorgar las mayores condiciones de seguridad posibles, en el marco del plan de contingencia aludido, en especial, por las restricciones derivadas por la pandemia de Covid-19.
    3. Que, asimismo, resulta necesario evitar que los vehículos pesados se incorporen a la denominada Cuesta Zapata (G-910-F), debido al impacto que los mismos pueden provocar en los niveles de congestión de dichas vías.
    4. Que, por lo expuesto, existe una causa justificada en los términos del artículo 113 del DFL Nº 1, de 2007, citado en el Visto, para disponer las medidas que se establecen en el resuelvo del presente acto administrativo.
     
    Resuelvo:

     
    1. Prohíbese la circulación de todos los vehículos motorizados por la Ruta 68 (Santiago - Valparaíso), en los días, horarios, tramos y sentidos que se indican a continuación:
     
    Lunes 7 de diciembre de 2020,
     
    a.1. Desde las 17:00 horas hasta las 24:00 horas, calzada Nororiente, sentido de tránsito Santiago a Valparaíso.
    a.2. Desde las 17:00 hora, hasta las 24:00 horas, calzada Surponiente, sentido de tránsito Valparaíso - Santiago, a partir del kilómetro 96,800 de la Ruta.
     
    Martes 8 de diciembre de 2020,
     
    b.1. Desde las 00:00 hrs. y hasta las 07:59 hrs., calzada Nororiente, sentido de tránsito Santiago a Valparaíso.
    b.2. Desde las 00:00 hrs. y hasta las 07:59 hrs., calzada Surponiente, sentido de tránsito Valparaíso a Santiago, a partir del kilómetro 96,800 de la Ruta.
     
    2. Prohíbese la circulación de todo vehículo motorizado por Ruta F-814 (Algarrobo - Mirasol), F-50 (Quilpué - Lo Orozco), Ruta F-90 (Cruce Ruta 68 [Casablanca - Algarrobo]) que accede a la Ruta 68, los días, horarios y sentidos que se señalan a continuación:
     
    Lunes 7 de diciembre de 2020, desde las 17:00 hrs. hasta las 24:00 hrs., en sentido de tránsito Poniente a Oriente (dirección a Santiago).
     
    Martes 8 de diciembre de 2020,
     
    b.1. Desde las 00:00 hrs. y hasta las 07:59 hrs., en sentido de tránsito Poniente a Oriente (dirección a Santiago).
    b.2. Desde las 00:00 hrs. y hasta las 07:59 hrs., ambos sentidos de tránsito, entre Enlace Lo Orozco (km 79) y Enlace Casablanca (km 72), de la Ruta 68.
    b.3. Desde las 00:00 hrs. y hasta las 07:59 hrs., Ruta F-90 (Cruce Ruta 68 [Casablanca -Algarrobo]) que accede a la Ruta 68.
     
    3. Prohíbese la circulación de vehículos motorizados pesados de carga por la Ruta Santa Rita F-844 desde la Ruta 68 hasta el empalme con la Ruta F-840, en ambos sentidos de tránsito, desde las 17:00 horas del día lunes 7 de diciembre de 2020 y hasta las 07:59 horas del día martes 8 de diciembre de 2020.
    4. Prohíbese la circulación de vehículos motorizados pesados prestados con buses y/o camiones por Cuesta Zapata (Rol: G-910-F) desde el Km. 59,950 hasta su empalme con Ruta 68.
    5. Exceptúanse de las prohibiciones anteriores los vehículos pertenecientes a residentes de lugares inmediatamente cercanos a la Ruta 68, cuya única alternativa de circulación sea esta ruta, en cuyo caso Carabineros de Chile dispondrá las medidas que aseguren su desplazamiento.
    6. Establézcase a contar de las 17:00 horas del día 7 de diciembre de 2020, los siguientes lugares de desvíos de tránsito:
     
    a) Tramo Ruta Lo Orozco, suspensión de tránsito se efectuará en la bifurcación Lo Orozco - Quilpué - Villa Alemana. Alternativa de circulación, Ruta Troncal Sur - Ruta 62, exceptuándose residentes.
    b) Tramo Viña del Mar - Ruta 68, suspensión de tránsito se efectuará en sector enlace Rodelillo, km 3,6 vía Las Palmas (ex Ruta 66 con vía Las Palmas). Alternativa de circulación, Ruta 60 CH, Ruta 5 Norte.
    c) Tramo Casablanca, suspensión de tránsito en Ruta F-830, entre calle Alejandro Galaz y Avenida Constitución en la comuna de Casablanca.
    d) Tramo intersección de las Rutas F-840 y F-844, suspensión de tránsito se efectuará a la altura del Puente La Draga.
    e) Enlace Limache, en vía Las Palmas con Troncal Sur, km 9,6.
     
    7. Establézcase a contar de las 17:00 horas del día 7 de diciembre y hasta las 08:00 hrs. del día 8 de diciembre de 2020, los siguientes lugares de desvíos de tránsito:
     
    a) Tramo Algarrobo - Casablanca, suspensión de tránsito por Ruta F-90 con cruce Enlace Orrego Arriba.
    b) Ruta F-90, suspensión de tránsito en km 0,400.
    c) Tramo San Antonio - Casablanca por Ruta F-962-G intersección Ruta F-90, suspensión de tránsito en cruce Enlace Orrego Arriba.

    8. Los vehículos que deban circular por la Ruta 68 entre la Región de Valparaíso y la ciudad de Santiago, serán desviados por la Ruta 5 Norte, vía La Calera, o por La Dormida.
    9. Carabineros de Chile dispondrá de las medidas y desvíos necesarios que aseguren el buen desplazamiento de peatones y vehículos, así como del cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente resolución. También podrá disponer la ampliación o disminución de los horarios y tramos de corte de tránsito, en caso de que la situación del momento así lo amerite.
     
    Anótese, comuníquese y publíquese.- José Emilio Guzmán Cepeda, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de Valparaíso.