Artículo décimo: Las reuniones del Comité se realizarán en días hábiles, en dependencias del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, en la ciudad de Santiago, o en otro lugar que determine el mismo.
Los miembros del Comité podrán participar en las sesiones en forma presencial o a través de medios tecnológicos que les permitan intervenir de forma simultánea y permanente. En estos casos, su asistencia y participación será certificada por el/la Presidente/a del Comité.
En cada sesión del Comité se deberá levantar un acta de las materias tratadas, en la que se dejará constancia de lo siguiente:
a. Fecha y hora de inicio y término de la respectiva sesión;
b. Nombre de las personas que asistieron a la sesión;
c. Materias analizadas en la correspondiente sesión, a través de una relación sumario de los antecedentes y el debate o discusión sobre las mismas, en su caso, y
d. Acuerdos adoptados por el Comité.
El acta será presentada al Comité en la siguiente sesión para que los miembros asistentes puedan formular las observaciones que estimen pertinentes. El acta deberá ser suscrita por los miembros asistentes a la respectiva sesión.