MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 739 EXENTA (V. Y U.), DE 2020, QUE AUTORIZA A LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE VIVIENDA Y URBANISMO DE LAS REGIONES QUE INDICA PARA EFECTUAR LLAMADOS ESPECIALES CORRESPONDIENTES AL CAPÍTULO TERCERO: PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDA, DEL DECRETO SUPREMO Nº 27 (V. Y U.), DE 2016, EN EL SENTIDO DE AUMENTAR EL PLAZO PARA SELECCIONAR EN LA REGIÓN METROPOLITANA

    Santiago, 14 de diciembre de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.784 exenta.
     
    Visto:
     
    1. El decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Vivienda y Barrios, en especial lo dispuesto en su artículo 24.
    2. La resolución exenta Nº 41 (V. y U.), de fecha 9 de enero de 2020, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, especialmente la modificación dispuesta por la resolución exenta Nº 1.346 (V. y U.), de fecha 10 de septiembre de 2020.
    3. La resolución exenta Nº 739 (V. y U.), de fecha 27 de abril de 2020, y sus modificaciones, que autoriza a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo de las regiones de Antofagasta, Metropolitana, del Libertador Bernardo O'Higgins, La Araucanía y Los Lagos para efectuar Llamados Especiales correspondientes al Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Vivienda, del decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016.
    4. El oficio ordinario Nº 3.548, del Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, de fecha 4 de diciembre de 2020, mediante el cual solicita ampliación de plazo de selección de Condominios de Viviendas Sociales y Económicas, correspondiente al Capítulo Tercero del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
     
    Considerando:
     
    a) Que, por la resolución exenta Nº 739 (V. y U.), de fecha 27 de abril de 2020, y sus modificaciones, se autorizó a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo de las regiones de Antofagasta, Metropolitana, del Libertador Bernardo O'Higgins, La Araucanía y Los Lagos para efectuar Llamados Especiales correspondientes al Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Vivienda, del decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016, con el objeto de atender a condominios de viviendas de dichas regiones que presenten deterioro y sean considerados como objeto de atención del programa, de acuerdo a las condiciones señaladas en el artículo 4º del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
    b) Que, el Seremi V. y U. de la Región Metropolitana, mediante el Ord. citado en visto 4 de la presente resolución, ha manifestado la necesidad de contar con un plazo mayor para realizar la selección de los proyectos, tanto de Condominios de Viviendas Sociales como de Condominios de Viviendas Económicas, correspondientes a los llamados realizados por la región, en el marco de la resolución exenta Nº 739, previamente citada.
    c) Los correos electrónicos de fecha 9 y 10 de diciembre de 2020 que dan cuenta de la conformidad del Jefe de División de Política Habitacional y de la Jefa de División Jurídica de este Ministerio, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente:
     
    Resolución:

     
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 739 (V. y U.), de fecha 27 de abril de 2020, en el sentido de reemplazar el resuelvo 4, por lo siguiente:
     
    "Las selecciones correspondientes a los llamados especiales autorizados por la presente resolución, deberán efectuarse a más tardar el 11 de diciembre de 2020, a excepción de la selección de la Región Metropolitana, que deberá efectuarse a más tardar el 23 de diciembre de 2020".
     
    2. Establécese que la resolución exenta Nº 739 (V. y U.), de fecha 27 de abril de 2020, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
     

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.