MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 342 EXENTA (V. Y U.), DE 2020, QUE EFECTÚA LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES Y COMPLEMENTA LAS NÓMINAS DE POSTULANTES SELECCIONADOS APROBADAS POR LAS RESOLUCIONES N° 974 Y 1.337 EXENTAS (V. Y U.), DE 2020, CONFORME AL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 52 (V. Y U.), DE 2013
    Santiago, 15 de diciembre de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.787 exenta.
     
    Vistos:
     
    a) El DS N° 52 (V. y U.), de 2013, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda y en particular su artículo 26;
    b) La resolución exenta N° 41 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013;
    c) La resolución exenta N° 342 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones, que llama a postulación en condiciones especiales del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013;
    d) Las resoluciones exentas N°s. 974 y 1.337, ambas de Vivienda y Urbanismo, de 2020, que aprueban nóminas de postulantes seleccionados del llamado a postulación realizado por la resolución citada en el Visto c), y
     
    Considerando:
     
    a) Que, mediante la resolución exenta N° 342, señalada en el Visto c) precedente, se llamó a postulación en condiciones especiales del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, fijándose el monto total que se destinará al financiamiento del subsidio. Asimismo, dispuso que se realizarán dos procesos de selección con los postulantes que hubieren efectuado válidamente su postulación, el primero a partir del 30 de abril de 2020 y el segundo a partir del 27 de julio de 2020;
    b) Que, mediante las resoluciones exentas citadas en el Visto d), se aprobaron nóminas de seleccionados en los procesos realizados conforme se señala en el considerando a) precedente;
    c) Que los postulantes seleccionados conforme al considerando b) anterior, corresponden al 7% del total de las postulaciones válidamente efectuadas durante el proceso de postulación, en consecuencia, un alto porcentaje de postulantes no fueron beneficiados;
    d) Que, conforme al avance en la asignación de los subsidios dispuestos para la atención a través del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda del año 2020, quedan recursos disponibles para complementar la selección del llamado antes citado;
    e) Que por lo indicado aparece la necesidad de ajustar los recursos dispuestos en el llamado a que se convocó mediante la resolución exenta indicada en el Visto c) precedente;
    f) Que, se ejecutó un nuevo proceso de selección con las personas cuyas postulaciones se efectuaron válidamente dentro de los plazos antes señalados y no fueron seleccionados;     
    g) Los correos electrónicos de fecha 7 y 9 de diciembre de 2020, que dan cuenta, de la conformidad de los Jefes de División de Política Habitacional y Jurídica de este Ministerio, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente,
     
    Resolución:

     
    1. Modifícase la resolución exenta N° 342 (V. y U.), de 2020, en el sentido de sustituir en el resuelvo 7. el guarismo "293.602" por "399.970", el guarismo "1.380" por "1.880" y reemplázase la tabla inserta por la siguiente:
     
   
     
    2. Compleméntanse las nóminas de postulantes seleccionados que fueron aprobadas por las resoluciones exentas N°s. 974 y 1.337, ambas de Vivienda y Urbanismo, de 2020, en relación al llamado en condiciones especiales dispuesto en el número 1 de la resolución exenta N° 342, de este Ministerio, de 2020, del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013 y en particular según lo establecido en su artículo 27, con la nómina que por este acto se aprueba y que se entenderá formar parte integrante de esta resolución, y fíjase en 500 el número de postulantes seleccionados por la presente resolución, los que se distribuyen regionalmente de acuerdo a la siguiente tabla:
     
   
     
    3. El monto de recursos comprometidos en la selección de postulantes que por este acto se aprueba, del total destinado al financiamiento del llamado en condiciones especiales dispuesto en el número 1 de la resolución exenta N° 342, de este Ministerio, del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, es de 106.368 Unidades de Fomento, no quedando remanente de los recursos dispuestos en la resolución exenta antes indicada:
     
   
    (1) Monto establecido en el numeral 1. de la presente Resolución.
          (2) Monto del total de UF asignadas en todas selecciones del llamado.
     
    4. Publíquese en un periódico de circulación nacional y en el sitio web de este Ministerio, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de postulantes seleccionados conforme al número 2 de esta resolución, las que deberán contener a lo menos el puntaje y el nombre de cada postulante beneficiado con su respectiva cédula de identidad y exhíbanse dichas nóminas en las oficinas de los Serviu.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.